Resolución de 12 de marzo de 2008 por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección del Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape) que da nueva redacción a las bases reguladoras de los incentivos económicos y a las bases reguladoras de los procedimientos de tramitación de las líneas de ayuda del Igape.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorINSTITUTO GALLEGO DE PROMOCION ECONOMICA
Rango de LeyResolución

El Consejo de Dirección del Igape, en su reunión celebrada el día 8 de febrero de 2008, acordó por unanimidad de los miembros asistentes delegar en el director general del Igape la modificación de las bases reguladoras de los incentivos económicos del Igape.

En su virtud y de conformidad con las facultades que tengo conferidas,

RESUELVO:

Primero.-Publicar las bases reguladoras de los incentivos económicos del Igape, las cuales se anexan a esta resolución.

Segundo.-Publicar las bases reguladoras de la tramitación de los procedimientos de ayuda del Igape, las cuales se anexan a esta resolución.

Tercero.-Convocar en régimen de concurrencia no competitiva las siguientes líneas de ayuda de la base reguladora de los incentivos a proyectos de inversión empresarial, cuyo plazo de presentación de solicitudes empezará el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y hasta agotarse el crédito presupuestario, lo que será objeto de publicación en el Diario Oficial de Galicia, o cuando se publique su derogación expresa:

  1. Proyectos de inversión empresarial superior a 500.000 € (Procedimiento IG100-Artículo 4.1).

  2. Proyectos de servicios avanzados intensivos en empleo (Procedimiento IG101-Artículo 4.2).

  3. Proyectos empresariales de nuevos emprendedores (Procedimiento IG107-Artículo 6).

    Los créditos disponibles para concesiones se abonarán con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias y con la siguiente distribución plurianual:

    Ver referencia pdf "05500D011P038.PDF"

    Cuarto. -Se convocan en régimen de concurrencia competitiva las siguientes líneas de ayuda de la base reguladora de las ayudas a proyectos de consultoría y asistencia técnica en las Pymes, cuyo plazo de presentación de solicitudes se abrirá el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia; en el caso de coincidir en sábado o día inhábil en Santiago de Compostela el plazo empezará el día hábil siguiente, y se cerrará el 12 de mayo de 2008:

  4. Estudios, asistencia técnica y preparación de proyectos (Procedimiento IG108-Artículo 4).

  5. Proyectos de diseño (Procedimiento IG109-Artículo 5).

  6. Incentivos a la formación empresarial (Procedimiento IG148-Artículo 6).

  7. Proyectos tractores de empresas desarrolladoras de software en código abierto (Procedimiento IG113-Artículo 7).

    El plazo de ejecución de los proyectos previstos en los procedimientos IG108, IG109 e IG148 no podrá exceder del 31 de diciembre de 2008.

    Los créditos disponibles para concesiones en esta convocatoria de las líneas anteriores se abonarán con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias y por los siguientes importes:

    Ver referencia pdf "05500D012P045.PDF"

    Quinto.-Se convocan en régimen de concurrencia competitiva las siguientes líneas de ayuda de la base reguladora de ayudas a proyectos colaborativos de carácter empresarial, cuyo plazo de presentación de solicitudes se abrirá el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia; en el caso de coincidir en sábado o día inhábil en Santiago de Compostela el plazo empezará el día hábil siguiente, y se cerrará el 5 de junio de 2008, salvo para el procedimiento IG122 que terminará el 12 de mayo de 2008:

  8. Proyectos de servicios mancomunados (Procedimiento IG115-Artículo 5).

  9. Proyectos de benchmarking empresarial (Procedimiento IG116-Artículo 6.1.1).

  10. Proyectos de cualificación profesional (Procedimiento IG117-Artículo 6.1.2).

  11. Proyectos tutelados de intercambio de experiencia para la innovación (Procedimiento IG118-Artículo 6.1.3).

  12. AEI: proyectos de elaboración de planes estratégicos, de innovación y competitividad, o de internacionalización, cooperativos (Procedimiento IG119-Artículo 7.1.1).

  13. AEI: puesta en marcha e implantación de planes cooperativos previamente consensuados (Procedimiento IG122-Artículo 7.1.3).

    El plazo de ejecución de los proyectos previstos en los procedimientos IG116, IG118, IG119 e IG122 no podrá exceder del 31 de diciembre de 2008.

    Los créditos disponibles para concesiones en esta convocatoria de las líneas anteriores se abonarán con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias y por los siguientes importes:

    Ver referencia pdf "05500D012P045.PDF"

    Sexto.-Para todos los créditos especificados en esta convocatoria se reserva un 10% para proyectos localizados en los municipios de A Costa da Morte, y otro 10% para proyectos localizados en la comarca de Valdeorras, que figuran en los anexos IV y V, respectivamente, de las bases reguladoras de los incentivos económicos del Igape. Asimismo, para los proyectos localizados en las comarcas de Ferrol, Eume y Ortegal, que figuran en el anexo III de las bases de los incentivos económicos del Igape, salvo los indicados en el punto tercero para IG100 e IG101, se reserva otro 10% de los mismos. En el caso de que los proyectos aprobados no agoten los créditos reservados, el remanente se aplicará a los restantes proyectos.

    Séptimo.-A la vista del volumen de las solicitudes presentadas para cada línea y mediante resolución, el director general del Igape podrá redistribuir entre ellas los créditos aprobados, los cuales también podrán ser ampliados y las partidas presupuestarias modificadas mediante resolución publicada al efecto.

    Octavo.-Los requisitos de las letras c), e) y l) del artículo 20.2º de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, se reseñan en las bases reguladoras de los incentivos económicos del Igape anexas a esta resolución y los requisitos de las letras f), h), i), j), k), m) y n) del citado artículo se reseñan en las bases reguladoras de los procedimientos de tramitación de las líneas de ayuda del Igape, las cuales se anexan a esta resolución.

    Noveno.-Quedan derogadas las bases reguladoras de los incentivos económicos del Igape hechas públicas mediante Resolución de 9 de marzo de 2007 (DOG nº 59, del 23 de marzo), sin perjuicio de la tramitación conforme su regulación de los expedientes presentados al amparo de sus convocatorias hasta su completa finalización y archivo. Se podrán presentar solicitudes al amparo de las convocatorias en concurrencia competitiva abiertas en la fecha de publicación de esta resolución hasta la fecha de cierre de presentación de solicitudes prevista en las respectivas convocatorias. Los expedientes presentados se tramitarán de conformidad con la normativa referenciada en la convocatoria. Asimismo, se cierra el plazo de presentación de solicitudes para los programas tramitados en concurrencia no competitiva publicados mediante Resolución de 9 de marzo de 2007 (DOG nº 59, del 23 de marzo), esto es los identificados por los códigos IG100, IG101 y IG106.

    Santiago de Compostela, 12 de marzo de 2008.

    Álvaro Álvarez-Blázquez Fernández

    Director general del Instituto Gallego de Promoción

    Económica

    Bases reguladoras de los incentivos económicos del Igape

    El marco estratégico previsto para el desarrollo de la Comunidad Autónoma gallega para los próximos años (Mecega) incluye en sus propuestas:

    -El impulso y dinamización de la economía haciendo de Galicia un lugar más atractivo para invertir y trabajar.

    -El incremento de la competitividad del tejido productivo gallego a través del conocimiento y la innovación.

    -El aumento de la cohesión social y territorial de Galicia mejorando los niveles de cualificación, la calidad del empleo y la inclusión social.

    -El refuerzo de la relación entre crecimiento y desarrollo sostenible.

    El Instituto Gallego de Promoción Económica, en el cumplimiento de sus funciones, está llamado a desempeñar un papel esencial en el desarrollo de programas e iniciativas que contribuyan de modo destacable a alcanzar los objetivos económicos estratégicos de la comunidad gallega.

    En consecuencia, con la finalidad principal de incrementar, mantener y dinamizar la actividad económica en la comunidad autónoma, favorecer el desarrollo equilibrado del territorio gallego y lograr el incremento del empleo, a través del desarrollo y mejora de la competitividad de las empresas existentes, así como con la creación y puesta en marcha de nuevas iniciativas empresariales; el Igape publicó en el mes de marzo de 2007 un sistema de incentivos a la actividad empresarial en Galicia, incidiendo en los distintos ejes que considera estratégicos, para la cobertura enfocada de los procesos de creación de empresas, de los procesos de consolidación y mejora continua de empresas existentes, especialmente de las Pymes, así como para prestar atención específica a proyectos de mayor esfuerzo inversor con creación de empleo estable. Procurando también incidir en la concienciación de las Pymes sobre aspectos ligados al conocimiento y a las necesidades en los distintos campos de actuación que deben contribuir a un futuro mejor y más sólido del tejido empresarial.

    Junto con los incentivos a la dinamización empresarial, creación de empleo estable, riqueza y conocimiento dirigidos a las empresas individualmente, conviene hacer un esfuerzo específico a favor de la colaboración y cooperación interempresarial incentivando proyectos e iniciativas promovidas y coordinadas por organismos intermedios de carácter empresarial y, especialmente, aquellas llevadas a cabo por agrupaciones empresariales innovadoras que presenten un mayor potencial de dinamización empresarial y arrastre de la economía global.

    A la vista de la experiencia en la gestión de las líneas de ayuda publicadas...

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