ORDEN HAC/1039/2012, de 30 noviembre, por la que se establece el horario de atención al público en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

Con la aprobación del Decreto 2/2003, de 2 de enero, por el que se regulan los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, se dio mayor coherencia y racionalidad a los órganos y unidades que prestan los servicios de información y atención al ciudadano, optimizando los recursos personales y materiales destinados a tal fin, como a dos de las funciones esenciales que realizan, la de información administrativa y la de registro de entrada y salida de documentos.

La Ley 1/2012, de 28 de febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, en su título IV, ha venido a recoger un conjunto de medidas en materia de personal con el fin de contribuir a los objetivos de aceleración en la reducción del déficit y de sostenibilidad fiscal, aprovechando al máximo los numerosos recursos de los que dispone la administración autonómica. La implantación de estas medidas, al ser de carácter estructural, está llamada a generar ahorro pero sin merma alguna de la calidad en la prestación de los servicios públicos.

Dichas medidas, junto con la expresa derogación del artículo 33 del Decreto 2/2003, de 2 de enero, que regulaba el horario de atención al público de las Oficinas de Atención al Ciudadano, imponen la procedencia de una nueva regulación de los horarios ordinarios y especiales de atención al público que de cumplimiento a lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a la vez que beneficie a los ciudadanos, siempre respetando la normativa sustantiva sobre jornada y horario de trabajo del personal al servicio de la Administración de Castilla y León.

En virtud de lo...

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