SAP Granada 37/2007, 26 de Enero de 2007
Ponente | JUAN FRANCISCO RUIZ-RICO RUIZ |
ECLI | ES:APGR:2007:74 |
Número de Recurso | 295/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 37/2007 |
Fecha de Resolución | 26 de Enero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Granada, Sección 4ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA
SECCION CUARTA
ROLLO Nº 295/06
JUZGADO MOTRIL 2
IMPUGN. TASACIÓN DE COSTAS Nº 499/02
PONENTE SR. JUAN FRANCISCO RUIZ RICO RUIZ
SENTENCIA NÚM. 37
ILTMOS. SEÑORES:
PRESIDENTE
D. ANTONIO MOLINA GARCÍA
MAGISTRADOS
D. MOISÉS LAZUÉN ALCÓN
D. JUAN FRANCISCO RUIZ RICO RUIZ
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En la ciudad de Granada a veintiséis de enero de dos mil siete.
La Sección Cuarta de esta Iltma. Audiencia Provincial, ha visto, en grado de apelación los precedentes autos de impugnación de tasación de costas nº 499/02, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número 2 de Motril, en virtud de demanda de Dª Amelia, representado en esta instancia por el Procurador/a Sr/a Serrano Peñuela, contra PROMOCIONES TURÍSTICAS SALOBREÑA S.A.
Aceptando como relación los "Antecedentes de Hecho" del Auto apelado, y
El referido Auto, fechada en 11 de abril de 2003, contiene la siguiente Parte Dispositiva: "SE ESTIMA totalmente la impugnación formulada por el Procurador Sr./Sra. PILAR REJON SÁNCHEZ y parcialmente la impugnación formulada por el Procurador Sr./Sra. MARIA ISABEL BUSTOS MONTOYA, de la tasación de costas practicada en este juicio. SE ACUERDA incluir en la tasación de costas practicada los honorarios devengados por el Sr. Letrado D. Rogelio por los trámites correspondientes a la fase de Recurso de Apelación. SE ACUERDA excluir de la tasación las partidas del procurador Sr. Martín Aguado correspondientes a contestación a la demanda y trámite de Recurso de Reposición: Los honorarios para dicho procurador quedan tasados en la cantidad de 209,65 euros. Se imponen las costas del incidente al abogado D Rogelio. Remítanse las actuaciones al Colegio de Abogados a fin de que emita el preceptivo informe a los efectos de resolver la impugnación formulada por excesivas."
Sustanciado y seguido el presente recurso, por sus tramites ante esta Iltma. Audiencia Provincial, en virtud de apelación interpuesta por la parte demandante, por escrito y ante el Órgano que dictó el Auto; de dicho recurso se dio traslado a demás partes, para su oposición o impugnación; tras ello se elevaron las actuaciones a este Tribunal, señalándose día para su Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.
Han sido observadas las prescripciones legales de trámite.
Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. JUAN FRANCISCO RUIZ RICO RUIZ.
El Art. 242,3º de la LEC señala que una vez firme la sentencia o auto en que se hubiere impuesto la condena, los procuradores, abogados, peritos y demás personas que hayan intervenido en el juicio y que tengan algún crédito contra las partes que deba ser incluido en la tasación de costas podrán presentar en la Secretaría del Tribunal...
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