REAL DECRETO 1275/2000, de 30 de junio, por el que se homologa el título de Diplomado en Turismo, de la Escuela Universitaria de Turismo de Cartagena, adscrita a la Universidad Politécnica de Cartagena.
Fecha de Entrada en Vigor | 22 de Julio de 2000 |
Marginal | BOE-A-2000-13797 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Educacion, Cultura y Deporte |
Rango de Ley | Real Decreto |
REAL DECRETO 1275/2000, de 30 de junio, por el que se homologa el título de Diplomado en Turismo, de la Escuela Universitaria de Turismo de Cartagena, adscrita a la Universidad Politécnica de Cartagena.
Aprobado el plan de estudios que conduce a la obtención del título de Diplomado de Turismo de la Escuela Universitaria de Turismo de Cartagena, adscrita a la Universidad Politécnica de Cartagena, creada por Ley 5/1998, de 3 de agosto, de la Asamblea Regional de Murcia, y dado que el mismo se ajusta a las condiciones generales establecidas por la normativa vigente y ha sido informado favorablemente por el Consejo de Universidades, procede la homologación del referido título.
Esta homologación se efectúa de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4 y 5 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria;
Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, expedición y homologación de títulos universitarios; Real Decreto 604/1996, de 15 de abril, por el que se establece el título universitario oficial de Diplomado en Turismo y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención de aquél, y demás normas dictadas en su desarrollo.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación,
Cultura y Deporte y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de junio de 2000,
D I S P O N G O :
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Se homologa el título de Diplomado en Turismo de la Escuela Universitaria de Turismo de Cartagena, adscrita a la Universidad Politécnica de Cartagena, conforme al plan de estudios que se contiene en el anexo.
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Al título que se refiere el apartado anterior le será de aplicación lo establecido en los artículos 1 al 5 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, expedición y homologación de títulos universitarios.
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Las futuras modificaciones del indicado plan de estudios serán homologadas por el Consejo de Universidades conforme a las condiciones generales legalmente establecidas.
El título a que se refiere el artículo anterior se expedirá por el Rector de la Universidad Politécnica de Cartagena, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.3 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, y normas dictadas en su desarrollo, con expresa mención del presente Real Decreto que homologa el título.
Por el Ministro de Educación, Cultura y Deporte, en el ámbito de sus competencias, se dictarán las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo del presente Real Decreto.
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.
Dado en Madrid a 30 de junio de 2000.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Educación, Cultura y Deporte,
PILAR DEL CASTILLO VERA