DECRETO 259/1989, de 19 de octubre, por el que se establece la homogeneización de los ni veles de Complemento de Destino y Complementos Específicos de las Jefaturas de Servicio, Sección y Negociado, puestos base de los grupos A y B, y Secretarios de Consejeros, Viceconsejeros y Altos Cargos.
Sección | I. DISPOSICIONES GENERALES |
Emisor | Consejería de La Presidencia |
Rango de Ley | Decreto |
La comparación dc las distintas relaciones de puestos de trabajo evidencia un diferente trato retributivo dentro de determinados colectivos y puestos de trabajo dc los distintos Departamentos del Gobierno. Habiéndose efectuado, en cl presente ejercicio, la homogencización de retribuciones de los puestos base adscritos a los grupos C, D y E, urge, ahora, homogeneizar las de los grupos A y B, así como las Jefaturas de Servicio, Sección y Negociado y los Secretarios de Consejeros, Viceconsejeros y Altos Cargos en lo que se refiere a los niveles de Complemento de Destino y los Complementos Específicos, a fin de lograr una mayor equidad retributiva.
En su virtud, a propuesta conjunta de las Consejerías de Hacienda y de la Presidencia, y previa deliberación del Gobierno, en su sesión del día 19 de octubre de 1989,
D I S P 0 N G O:
Artículo 1.- Los puestos de trabajo correspondientes a Jefaturas de Servicio, Sección y Negociado, puestos base de los grupos A y B, y Secretarios de Consejeros, Viceconsejeros y Altos Cargos tendrán asignados, en las respectivas relaciones de puestos de trabajo, como mínimo, los siguientes niveles de Complemento de Destino y puntos de Complemento Específico:
Artículo 2.- 1. Las mejoras retributivas, resultantes de la aplicación del anterior artículo, se financiarán con cargo a la Sección 19, Servicio 01, Programa 121.C, Subconcepto 170.02, y se aplicarán a los conceptos correspondientes dc cada uno de los Programas de las Secciones afectadas, para lo cual deberán proponerse, previamente, a la Consejería de Hacienda las oportunas modificaciones presupuestarias.
2. Junto con dichas modificaciones y en el plazo dc quince días a contar desde la publicación dcl presente Decreto, sc remitirá a las Consejerías dc la Presidencia y de hacienda una relación de aquellos puestos de trabajo afectados por el mismo, indicando las características completas del puesto tal y como se recogen en las vigentes relaciones de puestos dc trabajo y, en todo caso, el número que dicho puesto tiene asignado en la
R.P.T.
Artículo 3.- Se establece un fondo por importe de treinta y ocho millones setecientas dos mil cuatrocientas sesenta y ocho (38.702.468) pesetas, con cargo a la misma partida presupuestaria para los ajustes que, con carácter singular, deban efectuarse a consecuencia de la aplicación de la presente homogeneización, y que no tendrán efectos retroactivos.
La distribución de...
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