¿Qué hijos están sometidos a patria potestad?

AutorMª Begoña Fernández González
Cargo del AutorDoctora en Derecho. Universidad San Pablo-CEU

La regla general en este tema es que todos los hijos menores de edad no emancipados se encuentran bajo la patria potestad del padre y la madre. Por tanto se trata de todos, es decir, matrimoniales o no y por supuesto adoptivos.

Aunque sean menores, los hijos, deben ser oídos si tuvieren suficiente juicio, en todas aquellas cuestiones que les afecten, y en todo caso se necesitará su consentimiento para realizar actos relativos a ellos siempre que tengan más de doce años.

Cuando el hijo, menor de edad, pero no emancipado, viviera de forma independiente de su padres, porque pueda mantenerse, sus progenitores conservan la patria potestad sobre el mismo, ya que sólo la emancipación produce la extinción de la patria potestad y entre las causas no figura el hecho de que un hijo viva separado de sus padres simplemente con su consentimiento pero sin que exista un documento público por el que se haya concedido la emancipación expresamente.

Además de los menores de edad, también están sometidos a patria potestad, los hijos incapacitados durante su minoría y que al alcanzar la mayoría continúen en esa situación de discapacidad. En este caso se habla de patria potestad prorrogada, para indicar que el hijo ya es mayor...

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