ORDEN FYM/333/2013, de 29 de abril, por la que se modifica la Orden de 6 de noviembre de 2007, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede Autorización Ambiental a la empresa Maxam Europe, S.A. para la fabricación de explosivos y planta de fabricación de hidrogeles ubicada en el término municipal de Quintanilla-Sobresierra (Burgos), como consecuencia de las Modificaciones No Sustanciales 1 y 2 (MNS n.º 1 y n.º 2).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

Vistos los escritos presentados por MAXAM EUROPE, S.A. mediante los cuales comunica modificación de las instalaciones situadas en el término municipal de QuintanillaSobresierra (Burgos) y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero .- Mediante Orden de 6 de noviembre de 2007, de la Consejería de Medio Ambiente, se concede autorización ambiental a la empresa MAXAMCORP, S.A.U. para la fabricación de explosivos y planta de fabricación de hidrogeles ubicada en el término municipal de Quintanilla-Sobresierra (Burgos).

Mediante Orden de 28 de mayo de 2010 de la Consejería de Medio Ambiente se concede cambio de titularidad de la autorización ambiental concedida a MAXAMCORP, S.A.U. a favor de la empresa MAXAM EUROPE, S.A.

La instalación cuenta con autorización de inicio de actividad.

Segundo .- Con fecha 2 de diciembre de 2011, el representante de MAXAM EUROPE, S.A. comunica la intención de llevar a cabo el proyecto: «Recuperación de nitratos en el proceso de nitroglicol/nitroglicerina» que conlleva la sustitución del neutralizante carbonato sódico por amoniaco y la instalación de un proceso de hidrólisis y concentración de aguas de lavado con la finalidad de reducir las aguas residuales.

Tercero .- Con fecha 22 de junio de 2012, el representante de MAXAM EUROPE, S.A. comunica la modificación consistente en la instalación de una línea de adición de nitrato sódico y en la construcción de una nueva línea de encartuchado dentro del proyecto: «Concentración de dinamitas en la fábrica de Páramo de Masa».

El titular presenta la justificación para la consideración de ambos proyectos como modificación no sustancial de la Orden de 6 de noviembre de 2007 por la que se concede autorización ambiental a la empresa.

Cuarto .- Con fecha de 5 de septiembre de 2012 el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio climático, solicita informe a la Confederación Hidrográfica del Ebro, sobre la posible incidencia de las modificaciones proyectadas sobre los vertidos.

Tras la revisión de toda la documentación, el Organismo de Cuenca informa favorablemente dentro del procedimiento de modificación de la autorización ambiental por modificación no sustancial, sobre las emisiones al agua procedentes de la actividad de fabricación de explosivos de MAXAM EUROPE S.A. en Quintanilla-Sobresierra estableciendo una serie de condiciones.

Asimismo dado que el plazo de vigencia de la autorización de vertido se encuentra próximo a su vencimiento, el Organismo de Cuenca estima necesario revisar dicha autorización proponiendo nuevo informe vinculante.

Quinto .- Con fecha de 1 de abril de 2013, el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático a la vista de la documentación presentada emite informe favorable sobre las modificaciones comunicadas.

El proyecto «Recuperación de nitratos en el proceso de nitroglicol/nitroglicerina» supone la reducción de la cantidad de aguas de lavado así como la obtención y aprovechamiento del nitrato amónico obtenido. Conlleva la instalación de dos focos de emisión, F14 y F15 con sus correspondientes lavadores de gases.

El Proyecto «Concentración de dinamitas en el Páramo de Masa» supone un aumento de la producción del 11% y la instalación de dos nuevos focos de emisión, F16 y F17 equipados con filtro de mangas cada uno.

Dado que todos los focos de emisión poseen sistemas de reducción de las mismas, filtros de mangas y lavadores de gases y que estos son mejores tecnologías asociadas a los procesos, las modificaciones solicitadas por la empresa se consideran no sustanciales en atención a los criterios señalados en el apartado 2, del artículo 10 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación y lo establecido en el artículo 4, apartado g) de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León.

Se propone modificar la Orden de 6 de noviembre de 2007, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental a la empresa MAXAM EUROPE, S.A. en los apartados de Descripción de la Actividad del Anexo I, Emisiones canalizadas, Valores límite de emisión, Controles externos de emisiones y Condiciones de paradas y arranque del Anexo II.

El Anexo III recogerá el nuevo informe vinculante emitido por la Confederación Hidrográfica del Ebro.

Quinto .- Con fecha 26 de abril de 2013, el Director General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental, propone la modificación de la Orden de 6 de noviembre de 2007, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental para la instalación de fabricación de explosivos y planta de fabricación de hidrogeles en el término municipal de Quintanilla-Sobresierra (Burgos), titularidad de MAXAM EUROPE S.A. como consecuencia de las modificaciones no sustanciales 1 y 2 (MNS n.º 1 y 2) relativas a los proyectos de «Recuperación de nitratos en el proceso de Nitroglicol/nitroglicerina» y «Concentración de dinamitas en el Páramo de Masa».

Los antecedentes de hecho mencionados encuentran su apoyo legal en los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero .- El Órgano Administrativo competente para resolver sobre las solicitudes de autorización ambiental en el caso de actividades o instalaciones recogidas en los apartados A y B.1 del Anexo I de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, es el titular de la Consejería competente en materia de medio ambiente, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 20.

Segundo .- El artículo 10 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrado de la Contaminación establece que el titular de una instalación que pretenda llevar a cabo la modificación de la misma deberá comunicarlo al órgano competente para otorgar la autorización ambiental integrada, indicando razonadamente, en atención a los criterios señalados en dicho artículo, si considera que se trata de una modificación sustancial o no sustancial.

Habiéndose comunicado las modificaciones de carácter no sustancial referidas en los antecedentes de hecho, y considerando lo dispuesto en el artículo 22.2 de la Ley 11/2003, de 8 de abril relativo a la publicidad de las autorizaciones ambientales y sus modificaciones,

VISTOS

Los antecedentes de hecho mencionados, la normativa relacionada en los fundamentos de derecho y las demás normas de general aplicación,

RESUELVO

Primero .- Modificar la Orden de 6 de noviembre de 2007, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental a MAXAM EUROPE, S.A. para la fabricación de explosivos y planta de fabricación de hidrogeles en el término municipal de Quintanilla Sobresierra (Burgos), como consecuencia de las modificaciones no sustanciales 1 y 2 (MNS n.º 1 y 2) relativas a los proyectos de «Recuperación de nitratos en el proceso de Nitroglicol/nitroglicerina» y «Concentración de dinamitas en el Páramo de Masa».

Dentro del Anexo I - Descripción de la Instalación se modifica el apartado Descripción de la Actividad quedando como sigue:

Descripción de la actividad.

La actividad principal de la instalación se centra en la fabricación de sustancias explosivas, obteniendo como principales productos Goma 2, Explosivo de Seguridad n.º 9, Goma 1, Riogel EP, Pentrita e hidrogeles.

En la instalación se distinguen las siguientes áreas:

- Área de fabricación de dinamitas y área de fabricación de pentrita.

- Área de destrucción de explosivos.

- Área de almacenamiento de productos finales.

Relación de edificaciones.

La fábrica está compuesta por los edificios e instalaciones siguientes:

- 33 edificios de fabricación de explosivos.

- 4 almacenes de materias primas.

- 7 depósitos de explosivos.

- 33 depósitos de explosivos.

- Edificio de fabricación de hidrogeles y dependencias anexas (almacenes).

Capacidad de producción de la instalación.

La instalación tiene una capacidad de producción máxima de:

1. Dinamitas: 24.000 toneladas/año.

2. Pentrita: 1.800 toneladas/año o Hexógeno: 900 toneladas/año.

3. Explosivos flegmatizados: 1.980 toneladas anuales de PETN Flegmatizada. 990 toneladas anuales de RDX flegmatizado.

4. Riogel EP: 4.000 toneladas/año.

5. Hidrogeles: 24.000 toneladas/año (3 turnos de trabajo).

Descripción de procesos unitarios y capacidad unitaria.

Los procesos de fabricación principales que se llevarán a cabo en la instalación son los siguientes:

Procesos

Subprocesos

1- Fabricación de dinamitas.

1.a- Fabricación de nitroglicol/nitroglicerina.

1.b- Fabricación de pasta explosiva.

1.c- Encartuchado.

1.d- Recuperación de ácidos.

2- Proceso de fabricación de pentrita.

2.a- Preparación de materia prima.

2.b- Nitración.

2.c- Recristalización discontinua (en fase de desarrollo recristalización en continuo).

2.d- Envasado.

2.e- Recuperación de acetona.

3- Proceso de fabricación de hexógeno.

3.a- Preparación de materia prima.

3.b- Nitración.

3.c- Ebullición.

3.d- Estabilización.

3.e- Envasado.

Procesos

Subprocesos

4- Proceso de fabricación de explosivos flegmatizados.

4.a- Estabilización.

4.b- Secado.

4.c- Envasado.

5- Proceso de fabricación de riogel EP.

5.a- Preparación de fase sólida.

5.b- Preparación de fase gel.

5.c- Amasado y encartuchado.

6- Proceso de fabricación de hidrogeles.

6.a- Proceso de fabricación de Nitrato de Monometilamina.

6.b- Proceso de fabricación de hidrogeles encartuchados.

1.- Proceso de fabricación de dinamitas.

1.a. Fabricación de Nitroglicol/Nitroglicerina.

Proceso de fabricación de nitroglicol/nitroglicerina

Materias primas

Cantidad/año

Oleum (ácido sulfúrico fumante)

3.100 Tm.

Ácido nítrico 98%

3.250 Tm.

Monoetilenglicol

1.224 Tm.

Glicerina

700 Tm.

Carbonato sódico

372 Tm.

Amoniaco

200 Tm.

1.b. Fabricación de pasta explosiva.

Fabricación de pasta explosiva

Materias primas

Cantidad/año

Nitroglicol/nitroglicerina

2.044 Tm.

Dibutilftalato

182 Tm.

Nitrato Amónico denso

4.650 Tm.

Nitrato sódico

150 Tm

Harina

84 Tm.

Nitrocelulosa

72 Tm.

2.- Proceso de fabricación de pentritas.

Proceso de fabricación de pentritas

Materias primas

Cantidad/año

Monopentaeritritol

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