SAP Madrid, 3 de Abril de 2000

PonenteMIGUEL ANGEL SANCHEZ PLAZA
ECLIES:APM:2000:5166
Número de Recurso593/1997
Fecha de Resolución 3 de Abril de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

SENTENCIA

En Madrid, a tres de Abril de dos mil.

La Sección Décimo Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre Reclamación de derechos Hereditarios, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Colmenar Viejo, seguidos entre partes, de una como apelante Doña Penélope , Don Victor Manuel , Doña María Angeles y Don Jose Luis . representado por el Procurador Doña Araceli de la Torre Jusdado y defendido por el Letrado Doña Penélope

, y de otra como apelado Inmaculada , Doña María Inmaculada , Don Luis Alberto y Doña Concepción , representado por el Procurador Don Carlos Gómez Fernández y defendido por el Letrado Don Valentín Extremo Casado, seguidos por el trámite de juicio de Menor Cuantía.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Miguel Angel Sánchez Plaza ; Presidente de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Colmenar Viejo, en fecha 16 de mayo de 1.997, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda presentada por el procurador Don Vicente Largo López, en nombre y representación de Doña Penélope , Don Victor Manuel , Doña María Angeles y Don Jose Luis , Contra Don Jesús Manuel y Doña Inmaculada , representados por el procurador Don Juan Manuel Mansilla García, debo condenar y condeno a Doña Inmaculada a entregar a los actores la cantidad de CIENTO DIECIOCHO MIL CIENTO COMA CINCO PESETAS 118.100,5 ptas absolviendo a todos los demandados del resto de las pretensiones de la parte actora.

Cada parte abonará a las costas causadas a su instancia, y las comunes por mitad."

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fué admitido en ambos efectos y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que comparecieron las partes, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

La vista pública celebrada el día 28 de marzo de 2000, tuvo lugar con la asistencia e informe de los Letrados de las partes.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento, han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

  1. FUNDAMENTOS DE DERECHO Se aceptan, en cuanto no se opongan ni contradigan a lo que luego se dirá, los antecedentes fácticos y la fundamentación jurídica de la sentencia recurrida.

PRIMERO

En la demanda iniciadora del procedimiento del que trae causa el presente recurso, los actores Doña Penélope , Don Victor Manuel , Doña María Angeles , y Don Jose Luis , con fundamento en los preceptos del Código Civil reguladores de la sucesión intestada, ejercitaron contra los demandados Don Jesús Manuel y Doña Inmaculada a través de la cual pretendían se declarase su participación de un tercio en la herencia de su abuelo Don Ángel Jesús , en representación de su fallecido padre Don Jose Augusto , en un tercio para cada parte o estirpe, y a su vez el porcentaje en la herencia de su abuela Doña Nieves , casada en segundas nupcias con el citado Don Ángel Jesús , en concurrencia con su tía la citada Doña Inmaculada , en representación de su finado padre, y por un cincuenta por ciento para cada una de las dos partes o estirpes, ello con relación al único bien inmueble que existía en la herencia, en concreto una casa en la CALLE000 nº NUM000 de Colmenar Viejo, y el metálico ingresado en una entidad de crédito (562.000 pesetas aproximadamente), pagados los gastos correspondientes: por su parte los demandados Don Jesús Manuel , y Doña Inmaculada , opusieron la circunstancia de haberse llevado a efecto la partición de inmuebles integrados de la herencia Don Ángel Jesús , tras su muerte y en el año 1.951 y con intervención de todos los coherederos, sus tres hijos Don Jesús Manuel del primer matrimonio, y Doña Inmaculada y Don Jose Augusto del segundo, y la viuda Doña Nieves , admitiendo la...

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