SAP Valencia 19/2008, 16 de Enero de 2008
Jurisdicción | España |
Emisor | Audiencia Provincial de Valencia, seccion 7 (civil) |
Número de resolución | 19/2008 |
Fecha | 16 Enero 2008 |
19/2008
Rollo nº 000938/2007
Sección Séptima
SENTENCIA Nº 19
SECCION SEPTIMA
Ilustrísimos/as Señores/as:
Presidente/a:
D. JOSÉ ANTONIO LAHOZ RODRIGO
Magistrados/as
Dª.PILAR CERDÁN VILLALBA
Dª. MARIA IBÁÑEZ SOLAZ
En la Ciudad de Valencia, a dieciséis de enero de dos mil ocho.
Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, los autos de Procedimiento para la división judicial de la herencia - 000216/2007 seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 1 DE VALENCIA entre partes; de una como demandante-apelante/s Ángela Y Julia y dirigido por el/la letrado/a D/Dª. AMPARO GARCIA TAMARIT y representado por el/la Procurador/a D/Dª CATHERINE BIASOLI LOPEZ y, y de otra como demandado-apelante María Esther dirigido por el/la letrado/a D/Dª. JOSE MORERA CAÑAMAS y representado por el/la Procurador/a D/Dª. IGNACIO MERINO CHELOS
Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr./Sra. Magistrado/a D/Dª. PILAR CERDÁN VILLALBA.
En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 1 DE VALENCIA, con fecha 24 de septiembre de 2007 se dictó la sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que debo DECLARAR Y DECLARO como bienes a incluir en el patrimonio hereditario del causante D. Luis Manuel : 1º El inmueble sito en la CALLE000 número NUM000 de Valencia; NUM001 La plaza de aparcamiento número 7 sita en la misma calle; 3º La mitad del haber de la sociedad de gananciales constituido por lo siguientes bienes: a) Los saldos en las cuentas bancarias del B.S. C.H. por importe de 27.193'67 €, en la cuenta de BANCAJA por importe de 15.271 '74 € y en la cuenta de LA CAJA DE AHORROS DEL MEDITERRÁNEO por importe de 8.815'41 €. b) Créditos de la sociedad de gananciales por mejoras en la vivienda familiar por importe de 9060'64 € c) Créditos de la sociedad de gananciales por donaciones del causante a sus hijas por importe 5000 €. En cuanto a las costas cada parte pagará las causadas a su instancia y las comunes por mitad.".
Contra dicha sentencia, por la representación de la parte demandante y demandada se interpuso recurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día 14 de enero de 2008 para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.
Los presentes recursos de la sentencia de instancia sobre la formación de inventario de los bienes de la herencia a dividir ambas partes, esposa e hijas del causante, pretenden la modificación del que contiene la sentencia de instancia en el siguiente sentido:1)La representación de tal esposa en el de que, con la debida valoración del los documentos autógrafos del mismo causante, admitidos de contrario y en aplicación de los arts.319 y 326 de la LEC y de los arts.1362 a 1364 y 1398 del CC, se han de incluir como créditos de la sociedad de gananciales por donaciones del último a sus hijas, no los 5.000 euros que señala igual resolución, si no la suma superior de 22.376 euros;2)La representación de las referidas hijas, en el de que, en contra de la mencionada sentencia que infringe los arts.1359.2, 1363 y 1378 del CC, las citadas donaciones, como modales y por no probadas, no se han de incluir en el concepto de créditos de la sociedad de gananciales en el que la primera lo hace y, en el de que se ha de reducir el que incluye como tal por mejoras de la vivienda familiar y mobiliario, de 9.060, 64 euros a 3.613, 98 euros, pues las verificadas por el cambio de la cocina de ésta hace más de 10 años, por su depreciación, al igual que...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Las liberalidades de uso
...se hicieran a título gratuito correspondiendo al que alegue la liberalidad la prueba de su existencia. La Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia de 16 de enero de 2008, reconoce que dichas liberalidades de uso pueden ser cuantiosas al relacionarse con la posición de la familia y l......