RESOLUCIÓN JUS/2755/2011, de 3 de octubre, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por el notario de Vilafranca del Penedès señor Manuel Mariño Vila contra un acuerdo de calificación del registrador de la propiedad de Calafell.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE JUSTICIA
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

JUS/2755/2011, de 3 de octubre, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por el notario de Vilafranca del Penedès señor Manuel Mariño Vila contra un acuerdo de calificación del registrador de la propiedad de Calafell.

Se dicta en el recurso gubernativo interpuesto por el notario de Vilafranca del Penedès señor Manuel Mariño Vila contra el acuerdo de calificación del registrador de la propiedad de Calafell señor Francisco J. Martín Martín, que deniega la inscripción de una escritura de renuncia, manifestación y aceptación de herencia a una compraventa con pacto de supervivencia.

Relación de hechos

I

El 15 de septiembre de 1979, el señor A. O. V. y su esposa, J. E. A., catalanes los dos, otorgaron escritura pública de compraventa, autorizada por el notario de Piera señor Salvador Pastor Pérez, con el número 1.298 de su protocolo, en la que adquirieron una finca urbana en Calafell, por mitades indivisas y con pacto de supervivencia. Consta inscrita en el Registro de la propiedad de Calafell, en el libro 88 de Calafell, folio 73, finca número 7.008, inscripción tercera.

II

El señor A. O. V., que tenía su residencia en Sant Pere de Riudebitlles, murió el 6 de julio de 2009. Su último testamento, autorizado por el notario de Sant Sadurní d'Anoia señor Granados González, hacía constar que sus hijos ya eran pagados y satisfechos de sus derechos legitimarios y nombró heredera a su esposa, señora J. E. A., con sustitución vulgar a favor de su hijo, P. O. E., pero con adjudicación de la finca de Calafell por partes iguales entre los tres hijos.

III

El 30 de diciembre de 2009 el notario de Vilafranca del Penedès señor Mariño Vila, con el número 2.305 de su protocolo, autorizó una escritura de renuncia, manifestación y aceptación de herencia del señor A. O. V., otorgada por la viuda e hijos del causante. La viuda, señora J. E. A., renunció a la herencia de su difunto marido y consintió que sus hijos se adjudicaran en concepto de herencia, por terceras partes indivisas, la finca urbana número 7.008 del Registro de la propiedad de Calafell. Vale decir que los antecedentes describían como bien relicto la mitad indivisa de la finca y sin ninguna mención al pacto de supervivencia, pero en el momento de la adjudicación se lo adjudican en su totalidad, por terceras partes.

IV

Presentada esta escritura en el Registro de la propiedad de Calafell el 5 de abril de 2011, con asiento de entrada número 880/2011 y número 1554 del libro diario 117, fue...

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