Decreto 533/2008, de 22 de diciembre, por el que se asignan a la Agencia Andaluza del Agua las funciones, medios y servicios traspasados por la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos correspondientes a las aguas de la cuenca del Guadalquivir que discurren íntegramente por el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyDecreto

Mediante Real Decreto 1666/2008, de 17 de octubre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos correspondientes a las aguas de la cuenca del Guadalquivir que discurren íntegramente por el territorio de la Comunidad Autónoma, se traspasan a la Comunidad Autónoma de Andalucía las funciones y servicios de la Administración del Estado, tanto los correspondientes al Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, como los de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, en relación con las aguas de la cuenca del Guadalquivir que transcurren por el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y no afectan a otra Comunidad Autónoma, a excepción de aquellas funciones y servicios que permanecen en el ámbito de la competencia de la Administración General del Estado.

Para el efectivo ejercicio de estas funciones, es necesaria la aprobación de una norma que asigne las funciones, medios y servicios traspasados por el citado Real Decreto a la Consejería o entidad instrumental correspondiente de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Se estima que tal asignación debe realizarse a la Agencia Andaluza del Agua, adscrita a la Consejería de Medio Ambiente, creada por Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, y configurada como la Administración Hidráulica de la Junta de Andalucía, a la que corresponde el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de aguas y, en particular, el ejercicio de las funciones que se atribuyen a los organismos de cuenca en el Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, respecto a las cuencas que se encuentren comprendidas íntegramente en territorio de Andalucía.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día de 22 de diciembre 2008,

DISPONGO

Artículo único Asignación de las funciones, medios y servicios traspasados.

Se asignan a la Agencia Andaluza del Agua las funciones, medios y servicios traspasados por la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por Real Decreto 1666/2008, de 17 de octubre, sobre traspaso de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR