En los autos de juicio ejecutivo número 219/96, sobre cantidad, a instancias de Banco Bilbao Vizcaya, S.A., representado por el Procurador Sr. don Luján Velasco Goyenechea, contra Oscar Sanz Moratilla y Amparo Rocío Machancoses Azpeitia, se ha dictado la resolución que copiada literalmente es como sigue...

SecciónJuez
EmisorJuzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Getxo (Bizkaia)

En los autos de juicio ejecutivo número 219/96, sobre cantidad, a instancias de Banco Bilbao Vizcaya, S.A., representado por el Procurador Sr. don Luján Velasco Goyenechea, contra Oscar Sanz Moratilla y Amparo Rocío Machancoses Azpeitia, se ha dictado la resolución que copiada literalmente es como sigue:

«Propuesta de providencia del Secretario Judicial, don José María Ortuondo Rocandio.-En Getxo, a 16 de marzo de 1998.-El anterior escrito únase a los autos de su razón. De conformidad con lo solicitado, se acuerda sacar a pública subasta por primera vez y término de 20 días, los bienes que en dicho escrito se indican, señalándose para que el acto del remate tenga lugar en la Sala de Audiencias de este Juzgado, el día 16 de junio de 1998, a las 10 horas.

Anúnciese el acto público por medio de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el «Boletín Oficial de Bizkaia» y en el «Boletín Oficial del Estado», expresando en ellos el justiprecio y el lugar, día y hora del remate, previniéndose a los licitadores que para tomar parte en la subasta deberán consignar previamente en la cuenta de este Juzgado en el Banco Bilbao Vizcaya, S.A., n.o 4790, una cantidad igual, por lo menos, al 20% del valor de los bienes que sirva de tipo para la subasta, sin cuyo requisito no serán admitidos; que podrán hacerse posturas en sobre cerrado desde el anuncio hasta su celebración, haciendo el depósito a que se ha hecho referencia anteriormente; que no se admitirán posturas que no cubran las 2/3 partes del avalúo, haciéndose constar que únicamente el ejecutante podrá realizar posturas con la calidad de ceder el remate a terceros.

Los autos y la certificación registral que suple los títulos de propiedad, estarán de manifiesto en la Secretaría del Juzgado, donde podrán ser examinados, entendiéndose que todo licitador acepta como bastante la titulación existente, y que...

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