ORDEN EHA/1806/2007, de 14 de junio, por la que se establece el ingreso en periodo voluntario de los tributos derivados del régimen económico y fiscal de Canarias devengados con ocasión de importación de bienes, se modifica la Orden de 15 de junio de 1995, por la que se desarrolla el Reglamento General de Recaudación en la redacción dada al mismo por el Real Decreto 448/1995, de 24 de marzo, en relación con las entidades de depósito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria y se modifica la Orden de 27 de diciembre de 1991, por la que se dictan instrucciones acerca del régimen económico financiero de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Fecha de Entrada en Vigor21 de Junio de 2007
MarginalBOE-A-2007-12116
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

El Convenio de colaboración establecido entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Administración Tributaria Canaria para la creación de una ventanilla única aduanera y de importación y exportación en Canarias, VEXCAN, tiene por objeto el establecimiento de un procedimiento único y conjunto de presentación de declaraciones por medios telemáticos a fin de efectuar los despachos de importación y exportación relativos a los tributos derivados del Régimen Económico Fiscal de Canarias, asà como para realizar el despacho aduanero de las mercancÃas que sean objeto de entrada o salida en el territorio de las Islas Canarias.

A tal fin, la Administración Tributaria Canaria, mediante Orden de 27 de marzo de 2007 ha aprobado el modelo 032 de Carta de Pago de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias devengados con ocasión de importación de bienes.

En este ámbito se enmarca la necesidad, en coordinación con la Administración Tributaria Canaria, de posibilitar el ingreso a través de las entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de administración tributaria, de las deudas tributarias en perÃodo voluntario de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias devengadas con ocasión de las importaciones de bienes.

En su virtud, dispongo:

ArtÃculo único. Ingreso de las liquidaciones de deudas en perÃodo voluntario de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias devengados con ocasión de las importaciones de bienes.

El ingreso de las liquidaciones correspondientes a deudas en perÃodo voluntario de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, devengados con ocasión de las importaciones de bienes, se efectuará en las Entidades de crédito que actúan como colaboradoras en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de conformidad con el sistema centralizado de pago en perÃodo voluntario al que se refiere el Convenio de colaboración entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Comunidad Autónoma de Canarias para la creación de una Ventanilla Única Aduanera de presentación telemática de declaraciones de importación y exportación y aduaneras en Canarias.

A tal fin, el modelo de carta de pago código 032, aprobada por Orden de 27 de marzo de 2007 de la ConsejerÃa de EconomÃa y Hacienda de la Comunidad Autónoma de Canarias se ajustará a las especificaciones técnicas que se recogen en el Anexo VI de la Orden de 15 de junio de 1995 por la que se desarrolla el Reglamento General de Recaudación en la redacción dada al mismo por el Real Decreto 448/1995, de 24 de marzo, en relación con las entidades de depósito que...

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