Resolución de 30 de julio de 2014, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se modifica la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a la Administración General del Estado.

Fecha de Entrada en Vigor10 de Agosto de 2014
MarginalBOE-A-2014-8605
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Hacienda y Administraciones Públicas
Rango de LeyResolución

La Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, aprobó un nuevo Plan General de Contabilidad Pública (en adelante PGCP) con el carácter de plan contable marco para todas las Administraciones Públicas.

La Instrucción de Contabilidad para la Administración General del Estado, aprobada por Orden EHA/3067/2011, de 8 de noviembre, establece en su regla 2 que la contabilidad de la Administración General del Estado deberá ajustarse al PGCP en los términos establecidos en la adaptación de dicho Plan a la Administración General de Estado.

Mediante Resolución de 17 de noviembre de 2011 de la Intervención General de la Administración del Estado, se aprobó la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a la Administración General del Estado.

Las modificaciones que se regulan en la presente norma deben ser aprobadas mediante Resolución del Interventor General de la Administración del Estado, ya que afectan a materias reguladas en distintos apartados de la citada Resolución de 17 de noviembre de 2011.

La presente Resolución se estructura en un apartado y una disposición final que regula su entrada en vigor.

En el apartado único, dividido en cuatro epígrafes, se regulan las modificaciones que se introducen en la adaptación del PGCP a la Administración General del Estado, aprobada por Resolución de 17 de noviembre de 2011 de la Intervención General de la Administración del Estado.

En el epígrafe uno se regula la modificación de la norma de reconocimiento y valoración 2.ª, «Inmovilizado material», con el fin de que la activación de gastos financieros solamente se permita en los inmovilizados que necesiten un período de tiempo superior a un año para estar en condiciones de uso.

En el epígrafe dos se modifica la ubicación en balance de la subcuenta 5586, «Gastos realizados con provisiones de fondos para pagos a justificar pendientes de aprobación», de acuerdo con la modificación que se realiza en la definición de la cuenta 558, «Provisiones de fondos para pagos a justificar y anticipos de caja fija», por el epígrafe Cuatro esta Resolución.

En el epígrafe tres se modifica el estado del remanente de tesorería, sustituyendo en la columna «N.º de cuenta», la cuenta 449, «Otros deudores no presupuestarios» por la subcuenta 4499, «otros deudores no presupuestarios», con el fin de eliminar del estado del remanente de tesorería a la subcuenta 4491, «Deudores por avales abonados», ya que en dicha cuenta se recogen deudores...

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