Despido/ceses en general 803/2011.
Sección | Administración de Justicia |
Emisor | De lo Social numero Cuatro de Murcia |
N.I.G.: 30030 44 4 2011 0007763
N.º Autos: Despido/Ceses En General 803/2011
Demandante: Antonio Manzanera Zambudio
Abogado: Raúl Zapata Hernández
Demandados: Talleres Jemar, S.L., Fondo de Garantía Salarial
Doña Isabel María de Zarandieta Soler, Secretario Judicial del SCOP Social de Murcia.
Hago saber: Que en el procedimiento Despido/ceses en general 803/2011 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de don Antonio Manzanera Zambudio contra la empresa Talleres Jemar, S.L., Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
Acuerdo:
- Admitir la demanda presentada.
- Señalar para el próximo día 6/2/12 a las 11:25 h. para la celebración del acto de conciliación ante el/la Secretario/a Judicial, y a las 11:30 h. para la celebración, en su caso, del acto de juicio.
- Al segundo otrosí de la demanda cítese al legal representante de la empresa demandada para recibirle confesión judicial.
Y con respecto a la mas documental a la que se refiere la demanda, requiérase a la parte demandada para que aporte los documentos que se relacionan en la misma sin que esto signifique la admisión a prueba propuesta por el actor, ya que éste deberá proponerla y en su caso, el Juez admitirla en el acto del juicio.
- Incorpórese situación de la empresa obtenida a través de la Base de Datos de la Tesorería General de la Seguridad Social, y a la vista de la misma cítese “ad cautelam” por edictos al demandado.
- Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el/la Secretario/a Judicial en el primer caso y el/la Magistrado/a Juez en el segundo, tener al actor por desistido de su demanda; y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de...
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