ORDEN TRE/175/2010, de 25 de marzo, por la que se garantizan los servicios esenciales de desplazamiento y seguridad viaria en las autopistas de las que es concesionaria la empresa Autopistes de Catalunya, SAU (AUCAT), en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cataluña.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | DEPARTAMENTO DE TRABAJO |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN
TRE/175/2010, de 25 de marzo, por la que se garantizan los servicios esenciales de desplazamiento y seguridad viaria en las autopistas de las que es concesionaria la empresa Autopistes de Catalunya, SAU (AUCAT), en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cataluña.
Vista la convocatoria de huelga formulada por el comité de empresa de Autopistes de Catalunya, SAU (registro de entrada de fecha 16 de marzo de 2010 en el Tribunal Laboral de Cataluña), prevista para los días 26 de marzo, de 18 a 21 horas y de 22 a 1 horas; 27 de marzo, de 10 a 13 horas; 4 de abril, de 18 a 21 horas y de 22 a 1 horas, y 5 de abril de 2010, de 10 a 13 horas, y que afecta a todo el personal de la empresa;
Considerando que el libre desplazamiento debe considerarse un derecho esencial de los ciudadanos de conformidad con el artículo 19 de la Constitución, y que este derecho debe garantizarse con las debidas condiciones de seguridad, con el fin de evitar riesgos para la integridad física, de acuerdo con el artículo 15 de la Constitución, y que se debe tener en cuenta, además, que las autopistas constituyen unas vías rápidas de acceso y de desplazamiento a centros sanitarios y de emergencias, y para otras situaciones especiales, y que a pesar de la existencia, en muchos casos, de vías paralelas, el desplazamiento mediante las autopistas debe considerarse un servicio esencial, dado el volumen de tráfico que absorben;
Considerando que debe compatibilizarse el legítimo derecho de huelga con el mantenimiento de los servicios esenciales con el fin de garantizar los derechos constitucionales, tal como dispone el artículo 28.2 de la Constitución;
Considerando que el servicio de mantenimiento de las autopistas y sus instalaciones constituye un servicio esencial, ya que con el fin de garantizar la libre circulación de las personas y los bienes en condiciones de seguridad, las vías deben mantenerse en las condiciones adecuadas;
Considerando que las áreas de peaje constituyen instrumentos reguladores del tráfico, que atenúan el riesgo de accidentes y, en este sentido, para garantizar la seguridad viaria, debe asegurarse el paso en las áreas de peaje como elemento regulador para garantizar la seguridad, tanto por las vías automáticas como por las vías manuales, con una presencia mínima de trabajadores, así como asegurar la actividad de control y de mantenimiento, de asistencia y de señalización de las incidencias a causa de...
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