Decreto 415/2008, de 22 de julio, por el que se garantiza a la población infantil menor de un año el derecho a la prestación farmacéutica gratuita del sistema sanitario público de Andalucía.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Agosto de 2008
Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE SALUD
Rango de LeyDecreto

La Constitución Española, en su artículo 43, reconoce el derecho a la protección de la salud y establece que los poderes públicos organizarán y tutelarán la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios.

El artículo 22.2.a) del Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone que los pacientes y usuarios del sistema andaluz de salud tendrán derecho a acceder a todas las prestaciones del sistema.

A su vez, el artículo 55.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía establece que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en materia de sanidad interior y, en particular y sin perjuicio de la competencia exclusiva que le atribuye el artículo 61, la ordenación, planificación, determinación, regulación y ejecución de los servicios y prestaciones sanitarias.

Por su parte, la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, en su artículo 4, prevé la posibilidad de inclusión de nuevas prestaciones en el Sistema Sanitario Público de Andalucía, junto con las prestaciones mínimas establecidas para el Sistema Nacional de Salud. Asimismo, en el artículo 6.2 de la citada Ley se establece que los niños, junto a otros colectivos específicos que también se reconocen, tienen derecho a actuaciones y programas sanitarios especiales preferentes.

El artículo 41 de Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, recoge el principio de igualdad en la promoción y protección de la salud.

Finalmente, en el artículo 59.b) de la Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía, en el que se determinan los medicamentos comprendidos en la prestación farmacéutica del Sistema Sanitario Público de Andalucía, se contienen los medicamentos incluidos por decisión del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, con cargo a sus propios presupuestos y en las condiciones que se determinen.

La financiación pública del medicamento es un elemento imprescindible de protección de la salud en el sistema sanitario que facilita el acceso de todos aquellos que necesitan la prestación farmacéutica.

No obstante, la racionalización del gasto farmacéutico y la limitación de los...

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