Regulación fundaciones de carácter especial– Orden de 27 de diciembre de 2012, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se modifica la Orden de 5 de julio de 2012, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se regula la composición y normas de funcionamiento de los Patronatos de las Fundaciones de carácter especial de competencia de la Comunidad de Madrid, provenientes de la transformación de Cajas de Ahorros

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Economía y Hacienda
Rango de LeyOrden

El artículo 14 quinquies de la Ley 4/2003, de 11 de marzo, de Cajas de Ahorros de la Comunidad de Madrid, establece que corresponde a la Consejería competente en materia de hacienda pública y política financiera regular la composición y normas de funcionamiento de los Patronatos de las Fundaciones de carácter especial de competencia de la Comunidad de Madrid provenientes de la transformación de Cajas de Ahorros.

En aplicación de esta Ley se dictó la Orden de 5 de julio de 2012, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se regula la composición y normas de funcionamiento de los Patronatos de las Fundaciones de carácter especial de competencia de la Comunidad de Madrid, provenientes de la transformación de Cajas de Ahorros. Su artículo 5, relativo la composición del Patronato de las Fundaciones de carácter especial establece en el apartado 1 que el Patronato es un órgano colegiado formado por un mínimo de 13 y un máximo de 15 miembros.

No obstante, y con la finalidad de hacer efectivo el principio de intervención mínima en la organización y funcionamiento de las fundaciones de carácter especial que preside la regulación autonómica en la materia, resulta conveniente modificarlo dispuesto en el referido artículo en relación con la composición del Patronato eliminando la exigencia de que exista un número mínimo de miembros. Así será el propio Patronato, sin perjuicio de lo establecido en relación con los nombramientos de la Comisión Gestora, quien determine, respetando el número máximo de miembros regulado en la presente Orden el número de patronos que deben integrarlo.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo quinquies, apartado segundo b), de la Ley 4/2003, de 11 de marzo, de Cajas de Ahorros de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Artículo único

Modificación de la Orden de 5 de julio de 2012, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se regula la composición y normas de funcionamiento de los Patronatos de las Fundaciones de carácter especial de competencia de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR