Orden EDU/2017/2009, de 19 de junio, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Félix Delgado Bocos para la Innovación en la Salud.

MarginalBOE-A-2009-12389
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educación
Rango de LeyOrden

Examinado el expediente incoado solicitando la inscripción de la Fundación Félix Delgado Bocos para la Innovación en la Salud, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por la entidad Mensor Servicios de Salud, S.L., en Madrid, el 9 de marzo de 2009, según consta en la escritura pública número trescientos uno, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, Don Francisco de Asís Pizarro Moreno.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Alcobendas (Madrid), calle Anabel Segura, número 11, edificio D, 4.ª planta, y, su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional.

Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido desembolsada inicialmente en un 25 por 100, mediante la aportación de la cantidad de siete mil quinientos euros (7.500 euros) ingresada en entidad bancaria, y el resto será desembolsado por los fundadores en un plazo no superior a cinco años.

Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura pública de constitución, a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: El fomento e impulso de las Ciencias de la Vida para la mejora de la salud de las poblaciones y los sistemas sanitarios, mediante la aplicación del conocimiento y la innovación.

Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Don John de Zulueta Greenebaumz; Vocales: Don José Luis Cayuela Zayas y don Antonio Esteban Martos López y Secretario, no patrono: Don Emilio Pala Laguna y Vicesecretario, no patrono: Don Florentino Vivancos Gasset.

En la escritura de constitución, consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del...

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