Decreto 89/2002, de 18 de julio, por el que se crea y regula la composición, organización y el funcionamiento de la Comisión Regional de Espectáculos Taurinos de la Comunidad de Castilla y León.
Sección | I - Disposiciones Generales del Estado |
Emisor | Consejeria de Presidencia y Administracion Territorial |
Rango de Ley | Decreto |
La Comunidad de Castilla yLeón tiene asumidas en el Estatuto de Autonomía, tanto en su artículo 32.1.1.º, como en el artículo 32.1.25.ª, la potestad autoorganizativa y la competencia exclusiva en materia de espect á c u l o s .E fectuada la tra n s fe rencia de las correspondientes funciones y servicios por el Real Decreto 1685/1994, de 22 de julio, y teniendo en cuenta la arraigada tradición histórica y la importante cabaña de reses bravas existente en nuestra Comunidad, se justifica y evidencia la necesidad de la creación de un órgano de carácter consultivo, en el que se encuentren representados todos los sectores afectados e interesados en la más correcta aplicación de la política de espectáculos taurinos con el objeto de hacer la misma más participativa y transparente y, en consecuencia, más eficaz.
Tanto en el citado artículo 32, como en el artículo 34 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León se establecen otros títulos competenciales habilitantes para esta norma que tienen su reflejo en la misma si bien alguno de ellos en menor medida, a saber, artículos: 32.1.7.ª («agricultura y ganadería»), 32.1.14.ª («fiestas y tradiciones populares»), 32.1.16.ª («cultura, con especial atención a las distintas modalidades culturales de la Comunidad»), 34.1.1.ª («sanidad e higiene»), 34.1.5.ª («protección del medio ambiente y de los ecosistemas») y 34.1.9.ª («vías pecuarias,pastos»).
La Comisión Regional deEspectáculos Taurinos de la Comunidad de Castilla y León, que se crea por el presenteDecreto, se configura como un órgano colegiado de participación,asesoramiento y consulta en todos los aspectos relacionados con los espectáculos taurinos, que tiene como objeto aunar los esfuerzos y conjugar los distintos intereses de los sectores implicados: ganaderos,profesionales,empresarios,aficionados y órganos competentes de la Administración, ya sea central, autonómica o local.
Por ello, como instrumento adecuado para posibilitar una mayor participación de los ciudadanos en la adopción de decisiones públicas en materia de espectáculos taurinos, y con ello garantizar el cumplimiento eficaz del mandato del artículo 46 de la Constitución Española, y, al mismo tiempo, lo establecido en los artículos 32 y 34 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, se crea y regula mediante el presente Decreto la composición, organización y el funcionamiento de la Comisión Regional de Espectáculos Taurinos de la Comunidad de Castilla y León, que tendrá la consideración de órgano consultivo y de instancia de participación.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Administración Territorial y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León en su reunión de 18 de julio de 2002.
DISPONGO
Creación y funciones de la Comisión
Se crea la Comisión Regional deEspectáculos Taurinos de la Comunidad de Castilla y León, adscrita a la Consejería de Presidencia y Admi-
nistración Territorial, como órgano de estudio, consulta y asesoramiento de las actividades relacionadas con los espectáculos taurinos, e instancia de participación para la ordenación,control y desarrollo de los mismos en la Comunidad deCastilla y León.
1.- Son funciones de la Comisión Regional deEspectáculos Taurinos de la Comunidad de Castilla y León,contribuir por vía de asesoramiento, informe, iniciativa y propuesta, a la adecuada adopción de las decisiones de gobierno y administración de la Junta de Castilla y León en materia de espectáculos taurinos.
2.- En particular son funciones de la Comisión Regional de Espectáculos Taurinos de la Comunidad de Castilla y León:
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Emitir informe sobre los asuntos que, en relación con la materia de espectáculos taurinos, sean sometidos a su consideración y en particular sobre la idoneidad y evaluación de los equipos gubernativos que intervengan en el desarrollo de los espectáculos taurinos.
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Informar los anteproyectos de Ley y proyectos de Decreto que se dicten en la materia.
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Fo rmular iniciat ivas y proponer cuantas medidas se considere n oportunas para el mejor funcionamiento, fomento y protección de los espectáculos taurinos.
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Proponer medidas de fomento de la fiesta de los toros,con especial atención a las nuevas generaciones de profesionales, activando su colaboración y participación en lasEscuelas Taurinas inscritas en el Registro deEscuelas Taurinas de Castilla y León.
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Proponer medidas en relación con los asuntos ganadero-taurinos que se susciten y en colaboración con los organismos competentes de la Comunidad de Castilla y León, de otras Administraciones Públicas y con entidades docentes y de investigación ga n a d e ra .
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Proponer medidas que incentiven las Escuelas Taurinas inscritas en el Registro de Escuelas Taurinas de Castilla y León.
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Remitir a la autoridad competente, a iniciativa de cualquiera de sus miembros, informe motivado sobre la falta de idoneidad de algún Presidente de espectáculos taurinos.
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Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que sirvan para el fomento,promoción y defensa de la fiesta nacional.
Composición de laComisión y estatuto jurídico de sus miembros
La Comisión Regional de Espectáculos Taurinos de la C o mu n i d a d Castilla y León estará integrada por los siguientes miembros:
1.- Presidente: El Consejero de Presidencia y Administración Territorial.
2.- Vicepresidente: El Secretario General de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial.
3.- Vocales:
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Un representante de las Cortes de Castilla y León, designado por éstas.
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El Dire c t o rG e n e ral competente en materia de espectáculos taurinos.
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El Director General deProducción Agropecuaria.
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La Directora General de Salud Pública.
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