STSJ Castilla y León , 31 de Enero de 2003

PonenteMARIA BEGOÑA GONZALEZ GARCIA
ECLIES:TSJCL:2003:503
Número de Recurso251/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

solicitando continuar con la tramitación de los pliegos de condiciones probados por el Pleno del Ayuntamiento de Casavieja de 29 de enero de 2000, realizando la apertura de plicas de concurso para explotación de Piscina municipal y restaurante y el concurso para la explotación del Campamento de Turismo.

SENTENCIA En la ciudad de Burgos a treinta y uno de enero de dos mil tres.

En el recurso número 251/2001, interpuesto por Don Juan María representado la Procuradora Doña Inmaculada Pérez Rey y defendido por la Letrada doña Paula Urquia Gómez contra la desestimación por silencio administrativo de la reclamación de 8 de marzo de 2001 solicitando continuar la tramitación de los pliegos de condiciones aprobados por el Pleno del Ayuntamiento de Casavieja de fecha 29 de enero de 2000 y la desestimación por silencio del recurso contra el acuerdo de 29 de marzo de 2001, aprobando los nuevos pliegos para la adjudicación del concurso para la explotación de campamento de turismo y piscina municipal, se ha personado el Ayuntamiento de Casavieja representado por la Procuradora doña Elena Cobo de Guzmán Pisón y defendido por el Letrado don Silverio García Sierra, y como parte codemandada don Bernardo , representado por el Procurador don César Gutiérrez Moliner y defendido por el Letrado don Joaquín Peralta

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso-administrativo ante esta Sala el día 21 de junio de 2001.

Admitido a trámite se le dio el trámite previsto en la Ley 29/98, y dado el traslado para la formulación de la demanda, lo llevo a cabo por medio de escrito de fecha 27 de septiembre de 2001, que en lo sustancial se da por reproducido y en el que terminaba suplicando se dicte Sentencia por la que se declare la nulidad del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Casavieja de fecha 22 de febrero de 2001 , 29 de marzo de 2001 y 8 de mayo de 2001, así como los acuerdos sucesivos generados como consecuencia del acuerdo de marzo, declarando así mismo la vigencia del acuerdo de 29 de enero de 2001 obligando al Ayuntamiento a que continué con el procedimiento de adjudicación iniciado para el concurso para la explotación del Campamento de Turismo y piscina municipal y todo ello con expresa condena en costas.

SEGUNDO

Se confirió traslado de la demanda por termino legal a la parte demandada quien contestó a la demanda a medio de escrito de 30 de noviembre de 2001 oponiéndose al recurso solicitando la desestimación del mismo en base a los fundamentos jurídicos que aduce. Y por la parte codemandada se presento escrito en tiempo y forma oponiéndose a las pretensiones de la parte actora en base a los argumentos jurídicos contenidos en el mismo solicitando se desestimase el recurso interpuesto.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba se practicó la que fue propuesta por las partes y admitida por la Sala con el resultado que obra en autos, evacuándose por las partes sus respectivos escritos de conclusiones, señalándose para que tuviese la votación y fallo lugar el día treinta de enero de dos mil tres lo que se efectuó, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación de este recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso jurisdiccional la desestimación por silencio administrativo de la reclamación de 8 de marzo de 2001 solicitando continuar la tramitación de los pliegos de condiciones aprobados por el Pleno del Ayuntamiento de Casavieja de fecha 29 de enero de 2000 y la desestimación por silencio del recurso contra el acuerdo de 29 de marzo de 2001, aprobando los nuevos pliegos para la adjudicación del concurso para la explotación de campamento de turismo y piscina municipal, siendo las razones invocadas por el recurrente para fundar la presente impugnación que falta la motivación del acuerdo de revocación de los pliegos por lo que es arbitrario y nulo al dictarse prescindiendo del procedimiento previsto ya que debía de haberse sometido al procedimiento de lesividad, que es nulo por tanto el acuerdo del Ayuntamiento de Casavieja en sesión plenaria de fecha 29 de marzo de 2001, aprueba el pliego de cláusulas administrativas para el concurso y adjudicación mediante concesión de la explotación del campamento de turismo y piscina municipal de Fuente Helecho, ya que estando abierto el procedimiento anterior no podía iniciarse uno nuevo , que es nulo el acuerdo por desviación de poder y conlleva la nulidad de las actuaciones ulteriores. Así mismo la desestimación presunta del recurso contra el acuerdo de 29 de marzo de 2001 es nulo éste por falta de motivación y porque incurría igualmente en desviación de poder.

Frente a ello la parte demandada ha invocado que el acuerdo de 22 de febrero de 2001 revocatorio de los pliegos fue consentido al no haber sido recurrido en forma, que el recurso contencioso ha sido interpuesto transcurridos más de tres meses desde que el recurrente se le notifico expresamente y en cuanto al fondo no concurren los motivos de nulidad invocados.

SEGUNDO
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