Decreto n.º 130/2012, de 11 de octubre, por el que se modifica el Decreto n.º 108/2012, de 27 de julio, de concesión directa de una subvención a la Federación Regional de Empresarios del Metal de Murcia (FREMM), titular del centro privado de formación profesional «Centro de Formación FREMM», para la impartición de los ciclos formativos de «Joyería» Y «Desarrollo de Proyectos de Instalaciones Térmicas y de Fluidos», para una promocion a iniciar en el curso 2012/2013.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

Mediante Decreto n.º 108/2012 de 27 de julio, se aprobó la concesión directa de una subvención a la Federación Regional de Empresarios del Metal de Murcia (FREMM), titular del centro privado de formación profesional «Centro de Formación FREMM», para la impartición de los ciclos formativos de «Joyería» y «Desarrollo de Proyectos de Instalaciones Térmicas y de Fluidos», para una promoción a iniciar en el curso 2012/2013.

Durante la tramitación del expediente se ha observado el error en el cálculo de las cantidades del artículo 7, derivado del empleo de las tres columnas que aparecen en el Anexo II de la Ley 5/2012, de 29 de junio, de ajuste presupuestario y de medidas en materia de Función Pública, cuando debiera haberse empleado únicamente la tercera columna. Esta circunstancia justifica su modificación.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Formación y Empleo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 11 de octubre de 2012,

Dispongo:

Artículo 1

– El presente decreto tiene como objeto modificar el Decreto nº 108/2012 de 27 de julio, de concesión directa de una subvención a la Federación Regional de Empresarios del Metal de Murcia (FREMM), titular del centro privado de formación profesional «Centro de Formación FREMM», para la impartición de los ciclos formativos de «Joyería» y «Desarrollo de Proyectos de Instalaciones Térmicas y de Fluidos», para una promoción a iniciar en el curso 2012/2013.

Artículo 2 Se modifica el párrafo primero y las cuantías que constan en el artículo 7 quedando redactados como sigue:

La subvención se abonará con cargo a la partida 15.02.00.422H.473.00, proyecto 35674, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, pudiendo ascender a un total máximo de trescientos ochenta mil setecientos veintisiete euros con cuarenta y seis céntimos (380.727,46 €), que se abonará a lo largo de los ejercicios presupuestarios 2012, 2013 y 2014, con el siguiente desglose de importes máximos:

a. Anualidad 2012 62.990,14 €

b. Anualidad 2013 189.899,29 €

c. Anualidad 2014 127.838,03 €

Disposición final única Eficacia y publicidad.

El presente Decreto surtirá efectos desde la fecha de su...

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