DECRETO 52/1999, de 2 de marzo, por el que se acuerda la formulación del Plan de Ordenación del Territorio de la Comarca del Litoral Occidental de Huelva.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 52/1999, de 2 de marzo, por el que se acuerda la formulación del Plan de Ordenación del Territorio de la Comarca del Litoral Occidental de Huelva.

El Litoral Occidental de la provincia de Huelva, que incluye a los municipios de Ayamonte, Cartaya, Isla Cristina, Lepe, Punta Umbría, San Silvestre de Guzmán y Villablanca, constituye un ámbito territorial de fuertes contrastes entre los municipios interiores y los costeros; estos últimos se caracterizan por su dinamismo económico, fundamentado en la potencialidad para el desarrollo turístico y, sobre todo, en el desarrollo de los regadíos y en su explotación intensiva con especies de alta productividad y rentabilidad.

Estas actividades, que constituyen el principal motor de su economía, han provocado modificaciones sustanciales en la organización y estructura del territorio, entre las que destacan la transformación del sistema urbano hacia una estructura más equilibrada pero no más articulada, y los cambios y conflictos respecto a los usos del suelo que se traducen en algunos casos, en deterioros ambientales y paisajísticos.

Para mejorar la competitividad de los recursos productivos de manera compatible con la preservación y puesta en valor de los recursos naturales, resulta necesario ordenar y coordinar los procesos y transformaciones existentes y previstas, mediante el establecimiento de una propuesta integral de estructura territorial del ámbito que permita la coordinación de las políticas sectoriales y urbanísticas a desarrollar en el futuro. Todo ello con el fin de conseguir un territorio más eficaz y competitivo que contribuya a garantizar mejores condiciones de bienestar y calidad de vida para sus habitantes.

A tal fin, de acuerdo con la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se procede por parte de esta Administración Autonómica a la formulación de un Plan de Ordenación del Territorio de ámbito subregional de los previstos en el Capítulo II, del Título I, de dicha Ley, para cuya elaboración se requiere la participación de todas las Administraciones implicadas y, muy especialmente, de los Ayuntamientos incluidos en el ámbito del Plan.

Por todo ello, dada audiencia a las Corporaciones Locales afectadas, previo informe favorable de la Comisión Provincial

de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Huelva, a propuesta del Consejero de Obras Públicas y Transportes, previo examen de la Comisión Delegada de Planificación y Asuntos Económicos, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 2 de marzo de 1999

DISPONGO

Artículo 1 Formulación.

Se acuerda la formulación del Plan de Ordenación del Territorio de la Comarca del Litoral Occidental de Huelva, cuya elaboración se realizará en la forma prevista en los Capítulos II y IV...

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