ACUERDO de 24 de mayo de 1994, del Consejo de Gobierno, por el que se formula el Plan de Ordenación del Territorio de la aglomeración urbana de Granada. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Rango de LeyAcuerdo

La aglomeración urbana de Granada, constituye uno de los principales centros urbanos de Andalucía y el principal ámbito urbano, económico y de prestación de servicios de la zona más oriental de la región. Para aprovechar las oportunidades que puedan derivarse de los nuevos procesos y de las recientes actuaciones habidas en este ámbito, resulta necesario disponer de un Plan Territorial que desarrolle una propuesta integral para la ordenación territorial de la aglomeración. A tal fin, el pasado 18 de mayo de 1993 el Consejo de Gobierno acordó la creación de una Comisión de Seguimiento de los trabajos dirigidos a definir la organización y estructura de la aglomeración urbana de Granada. En función de los análisis efectuados hasta la fecha, el ámbito de la aglomeración se delimita por la capital provincial y los municipios que conforman el área de influencia inmediata de Granada. Estos son, Albolote, Alfacar, Alhendín, Armilla, Atarfe, Cájar, Cenes de la Vega, Cúllar Vega, Chauchina, Churriana de la Vega, Dílar, Fuente Vaqueros, Gójar, Güevéjar, Huétor Vega, Jun, Las Gabias, La Zubia, Maracena, Monachil, Ogíjares, Otura, Peligros, Pinos Puente, Pinos Genil, Pulianas, Santa Fe, Vegas del Genil y Víznar; no obstante se prevé su posible modificación en el proceso de redacción del Plan.

Dichos estudios, han proporcionado además, un mayor conocimiento de la funcionalidad y estructuración del área y de las oportunidades y problemas existentes, siendo necesario al respecto avanzar en la formulación de una propuesta de ordenación, que permita la coordinación de las políticas sectoriales y urbanísticas a desarrollar en el futuro. Todo ello con el fin de conseguir un territorio más eficaz y competitivo que contribuya a garantizar las mejores condiciones de bienestar y calidad de vida para los habitantes de este ámbito territorial.

La Ley 1/94 de Ordenación del Territorio de Andalucía regula al respecto un instrumento de planificación, el Plan de Ordenación del Territorio Subregional, que aplicado a la aglomeración urbana de Granada sirve a este objetivo, y en cuya elaboración se requiere la participación de todas las Administraciones implicadas y, muy especialmente de los Ayuntamientos incluidos en el ámbito del Plan.

La ley prevé asimismo la posibilidad de elaborar como documento preparatorio, unas Bases y Estrategias en las que se establezca el diagnóstico, los objetivos y estrategias que orienten las propuestas del Plan. Dicho documento contribuye a facilitar la participación de las entidades públicas y privadas y de los particulares en el proceso de redacción del Plan.

Por todo ello...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR