DECRETO 349/1994 de 6 de septiembre, por el que se dispone la emision de Deuda Pública de Euskadi, exterior y amortizable, formalizada en Obligaciones, por importe de entre 15.000 y 20.000 millones de pesetas a materializar en dólares americanos.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Economia y Hacienda |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 349/1994 de 6 de septiembre, por el que se dispone la emision de Deuda Pública de Euskadi, exterior y amortizable, formalizada en Obligaciones, por importe de entre 15.000 y 20.000 millones de pesetas a materializar en dólares americanos.
La Ley 9/1993, de 22 de diciembre, por la que se aprobaron los Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma de Euskadi para 1994, en su artículo 8.1, autorizó al Gobierno Vasco para que, a propuesta del
Departamento de Economía y Hacienda, emitiese Deuda
Pública de Euskadi hasta una cuantía máxima de 77.484.000.000 de pesetas, con la finalidad de financiar inversiones.
En uso de la citada autorización, procede disponer la emisión de Deuda Pública de Euskadi, exterior y amortizable, formalizada en obligaciones, por importe de entre 15.000 y 20.000 millones de pesetas, a materializarse en dólares USA, una vez cumplido el correspondiente trámite de coordinación.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el 6 de septiembre de 1994.
DISPONGO:
En uso de la autorización concedida al Gobierno en el artículo 8.1 de la Ley 9/1993, por la que se aprobaron los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 1994, se acuerda la emisión de
Deuda Pública de Euskadi, exterior y amortizable, formalizada en obligaciones, por importe de entre 15.000 y 20.000 millones de pesetas, a materializarse en dólares
USA.
Autónoma de Euskadi para el ejercicio 1994, el tipo de interés se determinará por el Departamento de Economía y Hacienda. 2.- Las obligaciones tendrán un valor nominal de 1.000 dólares y serán ofrecidas a la suscripción pública. 3.- Las obligaciones llevarán la fecha de 21 de septiembre de 1994, como fecha de emisión y a efectos identificativos de la misma. 4.- El devengo y pago de intereses se realizará por semestres vencidos, a contar desde la fecha de emisión, el 21 de marzo y el 21 de septiembre de cada...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba