DECRETO 153/2008, de 7 de julio, por el que se crea la Comisión para la formación profesional turística y se aprueba su Reglamento.

Fecha de Entrada en Vigor17 de Julio de 2008
SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Turismo
Rango de LeyDecreto

La Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias, aborda, por primera vez, de manera global, la regulación del sector turístico de Canarias partiendo, como principios orientadores fundamentales, de la defensa de los usuarios turísticos y la potenciación y consolidación del sector turístico, resaltando la protección medioambiental y la mejora de la calidad de los servicios.

Un instrumento clave para obtener esa calidad de los servicios turísticos y, en última instancia, para conseguir la satisfacción y fidelidad de los usuarios turísticos, lo constituye el fortalecimiento y el apoyo a la formación y cualificación de los distintos colectivos profesionales que operan en el sector turístico.

La Ley 7/1995 contempla en su Título V (Formación técnico-profesional turística), como herramientas para la mejora de la cualificación profesional, la puesta en marcha de programas de formación inicial, de especialización, de formación continua y de prácticas, previendo incluso en su artículo 45, la posibilidad de implantación de programas de capacitación profesional en las empresas.

Con la finalidad de coordinar las actuaciones de los diferentes departamentos de la Administración autonómica implicados en la capacitación del personal del sector turístico y de mejorar la eficacia de las actuaciones y esfuerzos dirigidos a la formación de los profesionales del sector turístico, la Ley 7/1995 contemplaba, en su Disposición Adicional Cuarta , la creación de una comisión para la formación profesional turística.

Por su parte el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, que regula el subsistema de formación profesional para el empleo, ha venido a satisfacer la demandada unificación de la formación profesional ocupacional y la formación profesional continua, en un único subsistema, haciendo necesaria la colaboración de los distintos sectores implicados, propiciando un uso eficiente de los recursos destinados a tal fin.

Esta comisión es, por otra parte, el marco idóneo para formular propuestas sobre las medidas y programas que han de implementarse, de acuerdo con lo previsto en las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias aprobadas por la Ley 19/2003, de 14 de abril, y, en particular, en la directriz nº 34, en orden a establecer programas concertados tanto para la formación continua dirigida a jóvenes en las especializaciones requeridas por el sector, como de gestión empresarial, con especial atención a los aspectos ambientales de dicha gestión.

En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Presidencia, Justicia y Seguridad, de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, de Empleo, Industria y Comercio y de Turismo, y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 7 de julio de 2008,

D I S P O N G O:

Artículo único Se crea la Comisión para la formación profesional turística y se aprueba su Reglamento que figura como anexo al presente Decreto.
DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera.- Modificación del Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo.

Se modifica, en los términos siguientes, el Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo, aprobado por el Decreto 84/2004, de 29 de junio:

  1. ) Se modifica el artículo 2.3 que queda redactado como sigue:

    "3. Están adscritos a la Consejería la Escuela Oficial de Turismo de Canarias, el Observatorio del Turismo de Canarias y los siguientes órganos colegiados:

    1. El Consejo...

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