DECRETO FORAL 41/2013, de 17 de julio, que modifica el Decreto Foral 36/2009, de 20 de abril, por el que se regula el régimen del personal docente e investigador contratado de la Universidad Pública de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, atribuye a las Comunidades Autónomas la regulación del régimen retributivo del personal docente e investigador contratado de las Universidades dentro de su ámbito de competencia.

El Decreto Foral 36/2009, de 20 de abril, regula el régimen del personal docente e investigador contratado de la Universidad Pública de Navarra, tanto las modalidades de contratación como las retribuciones anuales que corresponden a cada modalidad. En la disposición adicional segunda se establece que únicamente el profesorado contratado doctor percibirá un complemento personal por antigüedad, que será similar al que corresponde a los profesores doctores funcionarios.

La jurisprudencia, tanto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, como de los órganos judiciales españoles, viene reconociendo a todo el personal docente e investigador contratado el derecho a percibir el complemento de antigüedad en idénticas condiciones a las del profesorado contratado doctor, basado en la aplicación del Acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada, incluido en la Directiva 1999/70/CE del Consejo de 28 de junio de 1999 relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada.

Por ello, se hace preciso modificar el citado Decreto Foral 36/2009, con el fin de adaptar su disposición adicional segunda a la normativa y jurisprudencia existente en esta materia. Por otro lado, se elimina la obligatoriedad de asignar un complemento personal por antigüedad al personal docente e investigador de la Universidad Pública de Navarra, dejando en este ámbito un mayor protagonismo a la negociación colectiva.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, de acuerdo con el Consejo de Navarra y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el diecisiete de julio de dos mil trece,

DECRETO:

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