Orden de 18 de agosto de 2011 por la que se determina, en el ejercicio 2011, el plazo de presentación de solicitudes previstas en el Decreto 84/2010, de 26 de marzo, por el que se regulan las indemnizaciones derivadas de la adopción de medidas fitosanitarias para la erradicación y control del fuego bacteriano de las rosáceas.
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía |
Rango de Ley | Orden |
I DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA
ORDEN de 18 de agosto de 2011 por la que se determina, en el ejercicio 2011, el plazo de presentación de solicitudes previstas en el Decreto 84/2010, de 26 de marzo, por el que se regulan las indemnizaciones derivadas de la adopción de medidas fitosanitarias para la erradicación y control del fuego bacteriano de las rosáceas. (2011050257)
La bacteria Erwinia amylovora (Burril) Winslow et al., comúnmente conocida como fuego bacteriano, es una grave enfermedad bacteriana de cuarentena no establecida en Extremadura que afecta a plantas de especies frutales y ornamentales de la familia de las rosáceas.
En verano de 2009 se detectaron varios focos del patógeno en regadíos de Cáceres y Badajoz por lo que la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura intervino y adoptó diversas medidas fitosanitarias para evitar su propagación a partir de estos focos iniciales.
Las medidas fitosanitarias adoptadas deben acompañarse de un régimen de indemnizaciones a los fruticultores, viveristas o comerciantes de plantas de vivero y propietarios de plantas ornamentales, con la finalidad de paliar los daños ocasionados por su aplicación. Esta obligación legal de indemnización, cuando las medidas supongan la destrucción, deterioro o inutilización de bienes o propiedades particulares o públicas, viene consagrada en el artículo 21 de la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal. Por ello, en uso de su facultad reglamentaria de desarrollo, el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura aprobó el Decreto 84/2010, de 26 de marzo, por el que se regulan las indemnizaciones derivadas de la adopción de medidas fitosanitarias para la erradicación y control de la bacteriosis de cuarentena Erwinia amylovora (Burril) Winslow et al., fuego bacteriano de las rosáceas, y se dictan las normas de aplicación para su primera convocatoria de reconocimiento en el año 2010 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En ejecución del programa nacional de erradicación y control de esta enfermedad de los vegetales, la Consejería competente en materia de agricultura ha seguido adoptando medidas fitosanitarias de erradicación que deben acompañarse del régimen de indemnizaciones establecido expresamente en el citado Decreto 84/2010.
Finalmente, dicho decreto...
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