STSJ Comunidad de Madrid , 14 de Junio de 2000

JurisdicciónEspaña
Fecha14 Junio 2000

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID RALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA RECURSO NÚM: 2237/97 LETRADO SR: DE LUIS OTERO.

SENTENCIA nº 948 Ilmos. Sres.

Presidente D. Eduardo Calvo Rojas Magistrados D. J. Ignacio Parada Vázquez D. Alfonso Sabán Godoy D. Jose Alberto Gallego Laguna D. Santos Gandarillas Martos En la Villa de Madrid a catorce de junio de dos mil. Visto por la Sala del margen el recurso núm 2237 de 1.997, interpuesto por D. Rogelio , representado por el LETRADO Sr DE LUIS OTERO, contra Fallo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 14 de febrero de 1997, reclamación n° 26/00681/65 interpuesta por el concepto de I R. P. F; habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia dejando sin efecto el acto recurrido, declarando exentas o, en su caso, no sujetas, las cantidades percibidas como complementos, condenando a la administración autora del mismo a estar y pasar por tal resolución, con devolución de la cantidad reclamada con expresa condena en costas de este procedimiento. Mediante otrosí se solicitó el recibimiento a prueba.

SEGUNDO

Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.

TERCERO

Por Auto de esta Sala de fecha 21 de diciembre de 1989 , se recibió a prueba el recurso que fue practicada con el resultado que obra en las actuaciones, y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se emplazó a las partes para que evacuaran el trámite de conclusiones, lo que verificaron por su orden, señalándose para la votación y fallo, la audiencia del día 13 de junio de 2000 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. J. Ignacio Parada Vázquez

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso se dirige contra la resolución del Tunal Económico administrativo Regional de Madrid 14 de febrero de 1997 que desestimó la reclamación n° 00661/95 interpuesta contra acuerdo de la Aministración de Hacienda de Fuencarral (Madrid) desestimatorio de recurso de reposición formulado contra liquidación correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio de 1993.

SEGUNDO

El demandante cesado con carácer forzoso en su puesto de trabajo al...

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