ACUERDO del Pleno del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas de aprobación definitiva del Informe de Fiscalización de Administración Institucional de la Comunidad Autónoma de Euskadi: Cuentas de los Organismos Autónomos, Entes Públicos de Derecho Privado y Sociedades Públicas para 2006, adoptado en sesión de 30 de marzo de 2009.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorTribunal Vasco de Cuentas Publicas
Rango de LeyAcuerdo

El Pleno del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas en sesión celebrada el día 30 de marzo de 2009, ha adoptado el siguiente

ACUERDO:

Aprobar con carácter definitivo el Informe de Fiscalización de Administración Institucional de la Comunidad Autónoma de Euskadi: Cuentas de los Organismos Autónomos, Entes Públicos de Derecho Privado y Sociedades Públicas para 2006, que figura como anexo al presente Acuerdo.

Disponer, de conformidad con lo previsto en el artículo 13.2 de la Ley 1/1988 del TVCP/HKEE, la publicación de sus conclusiones en el BOPV.

En Vitoria-Gasteiz, a 30 de marzo de 2009.

El Presidente del TVCP,

JESÚS ÁLVAREZ GALDÓS.

La Secretaria General del TVCP,

BEGOÑA MARIJUAN ARCOCHA.

ANEXO

ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI: CUENTAS DE LOS ORGANISMOS AUTÓNOMOS, ENTES PÚBLICOS DE DERECHO PRIVADO Y SOCIEDADES PÚBLICAS PARA 2006

I. Introducción.

El programa anual de trabajo para el año 2008 incluye la fiscalización de la Administración Institucional de la Comunidad Autónoma de Euskadi (CAE), 2006.

En dicho ejercicio, la Administración Institucional de la CAE estaba formada por los Organismos Autónomos Administrativos y Mercantiles, los Entes Públicos de Derecho Privado y las Sociedades Públicas no incluyendo a las sociedades cuyo capital social no superara el 50% de participación de la CAE ni a las Fundaciones, Asociaciones o Agrupaciones de Interés Económico participadas por la Administración que reúnan los requisitos para ser consideradas «Poder Adjudicador» en los términos de las Directivas de la Unión Europea sobre contratación.

El sector público empresarial autonómico estaba formado por los entes públicos de derecho privado y las sociedades mercantiles en las que la Administración General de la CAE tiene un porcentaje de participación superior al 50% de su capital social. Al 31 de diciembre de 2006 lo componen 4 entes y 55 sociedades, según la siguiente clasificación:

Grupo SPRI: 29 sociedades.

Grupo EVE: el Ente Vasco de la Energía y 8 sociedades.

Grupo EITB: el Ente Radio Televisión Vasca-Euskal Irrati Telebista y 4 sociedades.

Grupo Osakidetza: el Ente Osakidetza-Servicio Vasco de Salud y 1 sociedad.

Grupo Eusko Trenbideak: 2 sociedades.

Otras: el Ente Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea y 11 sociedades.

A la fecha de publicación del presente informe, esta estructura organizativa ha sido modificada por la Ley de Patrimonio de Euskadi, aprobada por Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, que modifica la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco conceptuando como Administración Institucional al conjunto de los Organismos Autónomos Administrativos y Mercantiles y Entes Públicos de Derecho Privado y procediendo a la creación del denominado Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, integrado por las Sociedades Públicas (sociedades mercantiles de cualquier tipo en cuyo capital sea mayoritaria la participación directa o indirecta de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi o de sus entes institucionales) así como las Fundaciones del Sector Público, es decir, aquéllas en las que la mayoría de los miembros de su patronato sean designados por entidades componentes del propio Sector Público y reúnan las notas de aportación económica mayoritaria señaladas en dicha Ley y los Consorcios dotados de personalidad jurídica propia a los que se refieren los artículos 6, apartado 5, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 87 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Durante el ejercicio 2006, se ha constituido la sociedad Basquetour, S.A., participada 100% por la CAE, para ejecutar las acciones de promoción, comercialización y publicidad necesarias para la promoción de Euskadi en los mercados estatales e internacionales e impulsar las acciones necesarias para la mejora de la competitividad del sector turístico vasco. Asimismo, el 12 de junio de 2006, se ha constituido la sociedad Hidroeléctrica Harana-Kontrasta, S.A., participada en un 95,8% por el EVE, para el aprovechamiento energético del potencial hidráulico existente en el municipio del Valle de Arana mediante explotación de una minicentral.

La Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/2000, somete a las sociedades públicas al cumplimiento del principio de publicidad y concurrencia. Además, las sociedades de derecho privado que no tengan carácter industrial o mercantil, quedarán sujetas a las prescripciones de la LCAP relativas a la capacidad de las empresas, publicidad, procedimientos de licitación y formas de adjudicación para los contratos de obras, suministros, consultoría y asistencia y servicios de cuantía igual o superior 5.278.227 euros, si se trata de contratos de obras, o 211.129 euros, si se trata de cualquier otro contrato de los mencionados.

Los organismos autónomos fueron fiscalizados en 2003 sin que se detectaran problemas significativos, lo que unido al hecho de que su control interno es ejercido por la Administración General, nos ha llevado a no realizar su fiscalización específica en 2006.

Hemos realizado una revisión limitada del grado de cumplimiento de la legislación vigente en materia de gestión de los fondos públicos por el Ente Osakidetza-Servicio Vasco de Salud. Hemos revisado las contrataciones más significativas y los informes elaborados por el Servicio de Intervención en Osakidetza, que ejerce sus funciones en nombre y por delegación del Director de la Oficina de Control Económico del Gobierno Vasco, sobre actuaciones del ejercicio 2006 que corresponden a los siguientes conceptos:

N.º INSTRUCCIÓN CONCEPTO

1/2007 Legalidad de contrataciones, prórrogas y modificaciones contractuales efectuadas en el año 2006, para 22 organizaciones.

2/2007 Legalidad de la ejecución de expedientes de inversiones en el año 2006, para 11 organizaciones.

3/2007 Adecuación de las retribuciones del personal fijo, interino y directivo con las aprobadas, para 1 organización.

2/2006 Adecuación de las retribuciones del personal fijo, interino y directivo con las aprobadas, para 12 organizaciones

4/2007 Legalidad de adquisición de inversiones tramitadas como contrato menor y control contable para altas de inmovilizado, para 24 organizaciones.

5/2007 Legalidad de adquisición de productos (excepto farmacéuticos) tramitados como contrato menor, para 27 organizaciones.

6/2007 Legalidad de adquisición de productos farmacéuticos tramitados como contrato menor para 30 organizaciones.

Para el resto de entes y sociedades públicas, hemos seleccionado aquellas que presentan las inversiones, gastos y/o contrataciones de personal más relevantes. En los entes y sociedades seleccionadas, hemos realizado una revisión limitada del cumplimiento de la legalidad en las actuaciones más significativas y se detallan los problemas detectados.

Los informes de auditoria de las cuentas anuales de los entes y sociedades públicas, emitidos por profesionales independientes, se incluyen en la Cuenta General, y dichas cuentas no han sido revisadas por el TVCP.

No hemos efectuado un análisis sobre la eficacia y la eficiencia del gasto. No obstante, los aspectos parciales detectados se detallan en el apartado II de este informe.

Los resultados del trabajo realizado se presentan en dos apartados:

Conclusiones de la revisión limitada (ver apartado II).

" EJIE-Sociedad Informática del Gobierno Vasco, S.A.

" Ente Osakidetza-Servicio Vasco de Salud.

" Ente Vasco de la Energía (EVE).

" Euskal Telebista, S.A. (ETB, S.A.).

" Ente Euskal Trenbide Sarea.

" Eusko Trenbideak-Ferrocarriles Vascos, S.A.

" Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. (SPRI, S.A.).

" Sprilur, S.A.

" Visesa.

Consideraciones sobre sistemas de control interno y procedimientos de gestión (ver apartado III)

II. Conclusiones de la revisión limitada.

II.1. Adquisición de bienes y servicios.

Hemos revisado el cumplimiento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/2000 y de las Directivas 2004/18/CE, de 31 de marzo sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obra, de suministro y de servicios y 2004/17/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 31 de marzo de 2004 sobre la coordinación de los procedimientos de adjudicación de contratos en los sectores del agua, de la energía de los transportes y de los servicios postales.

Así mismo, hemos revisado el cumplimiento de la Ley 48/1998, de 30 de diciembre, de Sectores Excluidos, por las sociedades sujetas a la misma.

II.1.1. EJIE, S.A.

Un expediente para la contratación del servicio de agencia de viajes, por importe de 49 miles de euros, se ha adjudicado sin publicidad.

II.1.2. Ente Osakidetza-Servicio Vasco de Salud.

Hemos analizado 26 expedientes de contratación adjudicados en 2006 por importe de 55,6 millones de euros detectando que:

En 2 expedientes, por un importe adjudicado de 14,8 millones de euros, el informe de adjudicación no se ajusta a los criterios o valora ofertas que no cumplen con lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas o administrativas particulares (TRLCAP artículos 86-88).

El Servicio de Intervención ha analizado una muestra de los suministros adquiridos sin expediente de contratación, detectando que se han tramitado como contratos menores, adquisiciones de suministros en las que se fracciona el objeto de la contratación, incumpliendo el principio de publicidad y concurrencia. Los importes analizados e incumplimientos detectados son:

Millones de euros

GASTO TOTAL GASTO S/EXPEDIENTE INCUMPLIMIENTO

IMPORTE % ANALIZADO IMPORTE %

Productos farmacéuticos 145,2 47,1 32,4% 47,1 35,6 76%

Resto de productos 149,8 63,8 42,6% 53,4 41,7 78%

El Servicio de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR