Fiscalidad de las cláusulas suelo

JurisdicciónEspaña
AutorJosé Busquets Poveda
Fecha22 Mayo 2017

El objeto del Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, es el establecer medidas que faciliten la devolución de las cantidades indebidamente satisfechas por el consumidor a las entidades de crédito en aplicación de determinadas cláusulas suelo contenidas en contratos de préstamo o crédito garantizados con hipoteca inmobiliaria.

Desde la entrada en vigor de este RDL y en los ejercicios anteriores no prescritos, se añadirá la siguiente Disposición Adicional (D.A.) a la LIRPF y modificación parcial de las leyes del Impuesto de Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

Dándose a través de la D.A. cuadragésima quinta, tratamiento fiscal a dichas cantidades, derivadas de acuerdos celebrados con las entidades financieras o del cumplimiento de sentencias o laudos arbitrales.

No se integraran en la Base Imponible la devolución de cantidades ni los intereses compensatorios.

Ahora bien, se establecen unos supuestos de regularización para el caso en que dichos intereses hubieran formado parte de la deducción por inversión en vivienda habitual o en deduccione...

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