Orden de 4 de julio de 1983 por la que se fijan las retribuciones para el ejercicio de 1983 del personal contratado por la Administración de la Seguridad Social.

MarginalBOE-A-1983-19448
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Trabajo y Seguridad Social
Rango de LeyOrden

El Real Decreto-ley 3/1983, de 20 de abril, sobre incremento provisional de los haberes activos y pasivos de los funcionarios públicos, regula en su articulo 7. las retribuciones provisionales del personal contratado no laboral de la Administración de la Seguridad Social, previendo que las mismas se distribuirán de acuerdo con la normativa específica dictada o que se dicte, y, en su defecto, con arreglo a los criterios que se establecen en el Real Decreto-ley antes citado.

Teniendo en cuenta las previsiones legales se hace necesario fijar las retribuciones relativas al personal contratado que presta servicios en la Administración de la Seguridad Social, excluido de la aplicación de los Estatutos de Personal.

En base a lo expuesto, este Ministerio, a propuesta de la Dirección General de Régimen Económico y Jurídico de la Seguridad Social, ha tenido a bien disponer:

Artículo 1

Lo dispuesto en la presente Orden será de aplicación al personal contratado por la Administración de la Seguridad Social para prestar servicios en las dependencias administrativas de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, excluido el personal contratado en Instituciones Sanitarias y en Delegaciones Locales, Casas del Mar, Centros Docentes y otros Centros Asistenciales del Instituto Social de la Marina.

Asimismo, queda excluido de la aplicación de esta Orden el personal contratado como laboral por el Instituto Nacional de Servicios Sociales.

Art. 2 La cuantía mensual de las retribuciones del personal contratado a que se...

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