ORDEN TRE/162/2002, de 17 de abril, por la que se fijan los precios públicos de los servicios de las residencies de tiempo libre del Departamento de Trabajo.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

TRE/162/2002, de 17 de abril, por la que se fijan los precios públicos de los servicios de las residencies de tiempo libre del Departamento de Trabajo.

Visto lo que dispone el artículo 3.2 de la Orden de 24 de enero de 1997, por la que se regula la adjudicación de las plazas y el funcionamiento de los servicios de las residencias de tiempo libre en Cataluña (DOGC núm. 2329, de 12.2.1997), modificada por la Orden de 29 de enero de 1999 (DOGC núm. 2830, de 18.2.1999) y por la Orden de 13 de diciembre de 1999 (DOGC núm. 25.1.2000);

Vista la necesidad de fijar los precios de los servicios que se prestan en las residencias de tiempo libre de Les, de Llançà y en la Ciudad de Reposo y de Vacaciones de Tarragona;

Visto el procedimiento previsto en los artículos 23 y siguientes de la Ley 15/1997, de 24 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña;

A propuesta de la Dirección de Servicios de la Secretaría General y vistos los informes favorables de la Intervención Delegada y de las Asesorías Jurídicas del Departamento de Economía y Finanzas y del Departamento de Trabajo y en virtud de mis atribuciones,

Ordeno:

Artículo 1

Se fijan los precios públicos, con el IVA incluido, de los diferentes servicios que se prestan en las residencias de tiempo libre del Departamento de Trabajo que se determinan en los anexos de esta Orden.

Artículo 2

El pago de la reserva de plaza a cuenta y del precio de la estancia, así como las devoluciones por anulación de las estancias, se efectuará de acuerdo con lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Orden de 24 de enero de 1997, en la redacción dada por la Orden de 29 de enero de 1999 y por la Orden de 13 de diciembre de 1999.

Disposición transitoria única

La aprobación de los precios públicos de los servicios de las residencias de tiempo libre producirá efectos a partir del día 2 de enero de 2002.

Disposiciones finales
  1. Mediante Orden del consejero de Trabajo se procederá a actualizar los importes de los precios públicos establecidos en esta Orden de acuerdo con lo que dispone el artículo 23 de la Ley 15/1997, de 24 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

  2. Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC.

Anexo 1

Precios de las estancias por día

Temporada baja. Ciudad de Reposo y de Vacaciones de Tarragona. Estancias:

De 2 a 12 años (habitación...

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