SAP Madrid 619/2006, 19 de Octubre de 2006
Ponente | CARMEN NEIRA VAZQUEZ |
ECLI | ES:APM:2006:12622 |
Número de Recurso | 603/2006 |
Número de Resolución | 619/2006 |
Fecha de Resolución | 19 de Octubre de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 22ª |
EDUARDO HIJAS FERNANDEZ ELADIO GALAN CACERES CARMEN NEIRA VAZQUEZ
AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 22
MADRID
SENTENCIA: 00619/2006
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección 22
C/ FRANCISCO GERVAS N: 10 (PLANTA 12*)
Tfno.: 914936204-05-06-07- Fax: 914936210
N.I.G. 28000 1 7020499 /2006
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 603 /2006
Proc. Origen: MODIFICACIÓN MEDIDAS 671 /2004
Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCIÓN N. 4 de COLLADO VILLALBA
De: Eduardo
Procurador: OLGA RODRIGUEZ HERRANZ
Contra: Nuria
Procurador: RAFAEL GAMARRA MEGIAS
SENTENCIA
Magistrados:
Ilmo. Sr. D. Eduardo Hijas Fernández
Ilmo. Sr. D. Eladio Galán Cáceres
Ilma. Sra. Doña Carmen Neira Vázquez
En Madrid, a diecinueve de octubre de dos mil seis.
La Sección Vigésimo segunda de esta Audiencia Provincial ha visto, en grado de apelación, los autos de modificación de medidas seguidos, bajo el nº 671/04 ante el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de los de Collado Villalba, entre partes:
De una, como apelante-demandante Don Eduardo, representado por la Procuradora Doña Olga Rodríguez Herranz.
De la otra, como apelada-demandada Doña Nuria, representada por el Procurador Don Rafael Gamarra Megías.
Fue igualmente parte el Ministerio Fiscal
Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña Carmen Neira Vázquez.
La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.
Con fecha 7 de marzo de 2006 por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de los de Collado Villalba se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " FALLO : Que Estimando Parcialmente la Demanda promovida por el Procurador D. Marcelino Bartolomé Garretas en nombre y representación de D. Eduardo contra Dª. Nuria, acuerdo la modificación de la cantidad fijada en concepto de alimentos a su cargo para sus hijos y que se recogía en el Convenio Regulador aprobado por la Sentencia de Separación, rigiendo a partir de la presente la establecida en esta sentencia por importe de 700 euros mensuales, en doce mensualidades con la correspondiente actualización anual.
No se hará pronunciamiento sobre costas procesales."
Notificada la mencionada resolución a las partes, contra la misma se formalizó recurso de apelación por la representación legal de Don Eduardo previos los trámites oportunos, se han remitido los autos a esta Superioridad, ante la que han comparecido ambas partes, sustanciándose los recursos por sus cauces legales y quedando los autos listos para deliberación, votación y fallo.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
La dirección letrada de la parte apelante interesando la revocación de la resolución recurrida pide que la pensión de 700 euros mensuales tenga efectos desde la fecha de interposición de la demanda, 28 de diciembre de 2004 y alega que desde la interposición de la demanda hasta la sentencia de instancia han pasado más de 14 meses y señala que la contraparte ha tenido ánimo dilatorio y destaca que el interesado ha quedado nuevamente en desempleo.
Por su parte Doña Nuria pide se confirme la sentencia y alega que el retraso no es en ningún caso imputable a la parte.
La cuestión que se suscita en esta alzada concierne a la retroactividad de la medida...
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