ORDEN ECO/143/2002, de 10 de enero, reguladora de los ficheros automatizados de datos de carácter personal de la organización central y de determinados organismos públicos adscritos al Ministerio de Economía.

Fecha de Entrada en Vigor31 de Enero de 2002
MarginalBOE-A-2002-1848
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economia
Rango de LeyOrden

La Orden Ministerial de 27 de julio de 1994 ('Boletín Oficial del Estado' del 29) reguló por primera vez los ficheros automatizados de datos de carácter personal de los servicios centrales y organismos autónomos del Ministerio de Economía y Hacienda, en cumplimiento del mandato contenido en la disposición adicional segunda lela Ley Orgánica 5/1992 de 29 de octubre ('Boletín Oficial del Estado' del 31), de regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal que dispuso la regulación por las Administraciones Públicas responsables lelos ficheros automatizados, lelos existentes con anterioridad a la entrada en vigor lela Ley.

A su vez, la Orden Ministerial de 26 de julio de 1994 (Boletín Oficial del Estado del 27 de julio) reguló igualmente los ficheros automatizados de datos de carácter personal del extinto Ministerio de Comercio y Turismo.

Derogada posteriormente la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del Tratamiento Automatizado lelos Datos de Carácter Personal, por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y derogado igualmente el Real Decreto 1884/1996, de 2 de agosto, de estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Hacienda, y sustituido por los Reales Decretos 1.371/2000, de 29 de julio, y 1.330/2000, de 7 de julio, que desarrollan las respectivas estructuras orgánicas de los Ministerios de Economía por un lado, y de Hacienda por otro, se impone en cumplimiento del artículo 20 de la Ley 15/1999, proceder a la creación, modificación o supresión de los fichr ros de titularidad pública cuya responsabilidad corresponda a los órganos Directivos de la organización central del Ministerio de Economía, así como a determinados Organismos Públicos adscritos al mismo, por medio de disposición general publicada en el 'Boletín Oficial del Estado’

Por tanto, y de conformidad con la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y el Real Decreto 1371/2000, de 7 de julio, de desarrollo de la estructura orgánica del Ministerio de Economía, y en uso de las atribuciones conferidas, dispongo:

Primero. Ámbito de aplicación.

Los ficheros automatizados que contienen datos de carácter personal existentes en el Ministerio de Economía, asícomo...

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