ORDEN FORAL 751/2009, de 29 de septiembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se crea un fichero con datos de carácter personal bajo la denominación 'Listas de aspirantes a la formación en situación de servicios especiales'.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en su artículo 20, dispone que "la creación modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas solo podrá hacerse por disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente".
Por Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio, se regulan los ficheros informatizados con datos de carácter personal dependientes de los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.
Se considera necesaria la creación del fichero con la denominación "Listas de aspirantes a la formación en situación de servicios especiales" debido a que las mismas responden a la definición de fichero establecida en el artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.
Por otra parte, el artículo 2 del Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio, señala que "la modificación de las características de los ficheros existentes, así como su cancelación, y la creación de nuevos ficheros se llevará a cabo por Orden Foral del Consejero del Departamento del que depende o al que esté adscrita la unidad responsable del fichero".
En su virtud, visto el informe del Servicio de Gestión de Personal, de la Dirección General de Función Pública,
ORDENO:
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Crear el fichero denominado "Listas de aspirantes a la formación en situación de servicios especiales".
Finalidad y usos previstos.
Recursos humanos, selección de personal: constitución de listas de aspirantes a la formación en situación de servicios especiales para la cobertura de las necesidades existentes en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, excluidos el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y el personal docente del Departamento de Educación.
Personas y colectivos afectados.
Funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad Foral, excluido el personal al servicio del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y el personal docente del Departamento de Educación.
Procedimiento de recogida de datos.
Instancia de participación en las pruebas de selección, cumplimentada por los interesados o su representante.
Estructura básica y...
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