Acuerdo del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Ferrol-San Cibrao de fecha 7 de mayo de 2003 sobre delegación de facultades en el Presidente y Director de la Autoridad Portuaria.

MarginalBOE-B-2003-136041
SecciónV - Anuncios
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyAcuerdo

Acuerdo del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Ferrol-San Cibrao de fecha 7 de mayo de 2003 sobre delegación de facultades en el Presidente y Director de la Autoridad Portuaria.

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria en sesión celebrada el día 8 de mayo de 2001, aprobó una serie de Delegaciones de Facultades en el Presidente y Director de la Autoridad Portuaria, con el objeto de agilizar el funcionamiento de la Entidad en situaciones en las cuales resulte imposible reunir al Consejo de Administración, o bien no se considere necesario por la trascendencia del asunto.

Puertos del Estado tras analizar dicha Delegación de Facultades, propone introducir determinadas modificaciones en las mismas.

Por todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.2 g) de la Ley 62/97 de Puertos del Estado y la Marina Mercante, se propone al Consejo de Administración que ratifique en el Presidente y Director de la Autoridad Portuaria las siguientes funciones, introduciendo las modificaciones propuestas por Puertos del Estado y publicando las mismas con posterioridad para su conocimiento general:

  1. Delegaciones en el Presidente de la Autoridad Portuaria:

    1. La autorización de inversiones y gastos, comprendiendo los actos de aprobación económica del gasto, autorización de la licitación y autorización del inicio del expediente de contratación, hasta un máximo de 751.265,13 euros en el caso de inversiones y 300.506,05 euros en el caso de gastos, siempre y cuando exista partida presupuestaria en el correspondiente Programa de actuación, inversiones y financiación, tratándose de gastos o que estén incluidos en la programación de inversiones, aprobada en el Plan de Empresa, y en los proyectos de presupuestos y PAIF, tratándose de inversiones.

    2. La autorización y contratación de créditos para financiación del circulante por un plazo máximo de un año, y su renovación o renovaciones, hasta un máximo de cinco años, de cuantía hasta 1.502.530,26 euros.

    3. Aprobar y formalizar acuerdos, pactos y convenios con personas físicas o jurídicas, ya sean públicas o privadas, que exclusivamente tengan por objeto contribuir a la mejor prestación de los servicios portuarios, la seguridad de bienes y personas, en incremento de tráfico y aquellos otros que signifiquen una mejor difusión de la actividad portuaria en sus aspectos culturales, recreativos o deportivos, con el límite de 150.253,03 euros cuando contemplen aportaciones que deba...

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