ORDEN de 11 de marzo de 1992, del Consejero de Urbanismo y Vivienda, por la que se señalan fechas para el levantamiento de las actas previas a la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto «Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Santurtzi en el Area de Actuación Urbanística
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Urbanismo y Vivienda |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN de 11 de marzo de 1992, del Consejero de Urbanismo y Vivienda, por la que se señalan fechas para el levantamiento de las actas previas a la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto «Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Santurtzi en el Area de Actuación Urbanística
El Consejo de Diputados de la Excma. Diputación Foral de Bizkaia, con fecha 21 de diciembre de 1988, aprobó definitivamente el expediente de «Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Santurtzi en el Area de Actuación Urbanística Xb» promovido por el
Departamento, entonces denominado, de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente.
Mediante resolución de este Departamento de fecha 19 de noviembre de 1991, se inició el procedimiento de expropiación forzosa para la ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto «Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Santurtzi en el Area de Actuación Urbanística Xb»
Previo el preceptivo trámite de información pública, el Consejo de
Gobierno, mediante Decreto de 10 de marzo de 1992, acordó la declaración de urgencia en la ocupación de los bienes y derechos afectados, a efectos de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
A tales efectos se convoca a todos los titulares de los bienes y derechos que figuran en la relación adjunta para que en los días y horas señalados, y previa personación en el Ayuntamiento de
Santurtzi, se proceda al levantamiento de las Actas Previas a la
Ocupación de los bienes y derechos afectados, y si procede, a la ocupación formal de los mismos, sin perjuicio de trasladarse al propio terreno en el caso necesario, a solicitud de los interesados.
A dicho acto deberán asistir los afectados personalmente o bien representados por persona debidamente autorizada para actuar en...
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