Orden SCO/2642/2008, de 15 de septiembre, por la que se aprueba la convocatoria de pruebas selectivas 2008 para el acceso en el año 2009 a plazas de formación sanitaria especializada para Médicos, Farmacéuticos, Químicos, Biólogos, Bioquímicos, Psicólogos y Radiofísicos Hospitalarios.

MarginalBOE-A-2008-15234
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Sanidad y Consumo
Rango de LeyOrden

Formuladas por las Comunidades Autónomas las distintas propuestas de ofertas de plazas en formación sanitaria especializada 2008/2009, la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.5 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias y previos los informes que se citan en dicha norma, ha fijado la oferta final de plazas en formación sanitaria especializada a incluir en las convocatorias de pruebas selectivas 2008 para iniciar la formación en el año 2009.

Por ello, procede que las plazas en formación de dicha oferta, cuya provisión corresponde a las titulaciones universitarias de Medicina, Farmacia, Química, Biología, Bioquímica, Psicología y Física, se adjudiquen a través del procedimiento regulado por la presente Orden de convocatoria, para cuya aprobación se han tenido en cuenta las previsiones contenidas en la mencionada Ley 44/2003, en la disposición transitoria quinta del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada y en lo no derogado por éste, en la Orden de 27 de junio de 1989, por la que se establecen las normas reguladoras de las pruebas selectivas para el acceso a plazas de formación sanitaria especializada, para Médicos y Farmacéuticos, que asimismo resulta de aplicación, con las particularidades que en cada caso correspondan, a las demás especialidades en Ciencias de la Salud a las que pueden acceder otros titulados universitarios distintos, según las previsiones contenidas en la normativa vigente.

La presente Orden de convocatoria regula, por tanto, las pruebas selectivas para el acceso a plazas de formación sanitaria relativas a las especialidades en Ciencias de la Salud relacionadas en los apartados 1, 2, 3 y 5 del anexo I, del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, anteriormente citado, así como el acceso a plazas en formación de determinadas especialidades en régimen de alumnado que, según la disposición transitoria segunda de dicho Real Decreto, mantienen su régimen jurídico hasta tanto se adopte una decisión definitiva sobre las mismas.

En la presente Orden de convocatoria se han incorporado las modificaciones derivadas de lo previsto en la disposición transitoria quinta del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, relativas a la renuncia previa para aspirantes que estén desempeñando plaza en formación obtenida en anterior convocatoria, a la nueva evaluación de los méritos académicos relativos al doctorado, a la exigencia, a través de diplomas oficiales, de un conocimiento suficiente del castellano a aspirantes procedentes de países de habla no hispana, así como la relativa a la necesidad de obtener una puntuación positiva en la valoración particular del ejercicio de contestaciones múltiples para ser adjudicatario de plaza.

Como consecuencia del acuerdo suscrito en el seno de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, en esta Orden de convocatoria se han incorporado, por primera vez, plazas en formación por el sistema ordinario de residencia en hospitales pertenecientes a la red sanitaria militar con la finalidad de formar personal civil en dichas instituciones, lo que sin duda implicará un enriquecimiento profesional y científico tanto para el Sistema Nacional de Salud como para las citadas instituciones adscritas al Ministerio de Defensa.

En su virtud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, previos informes de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud y del Ministerio de Ciencia e Innovación, dispongo:

Primero.-Publicar, como anexo I a la presente Orden, la oferta de plazas en formación sanitaria especializada, a adjudicar en las pruebas selectivas 2008/2009 para Médicos, Farmacéuticos, Químicos, Biólogos, Bioquímicos, Psicólogos y Radiofísicos Hospitalarios, que ha sido fijada por la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud en los términos previstos en el artículo 22 de la Ley 44/2003, de 21 de diciembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.

Sin perjuicio de lo previsto en el apartado tercero de esta Orden respecto a los procesos de desacreditación de plazas, esta oferta se refiere al número máximo de plazas a adjudicar en la convocatoria 2008/2009, en los términos que se contienen en los cuadros números 1 y 3 del citado anexo, distribuidas de la siguiente forma:

  1. Médicos: 6.797 plazas de formación sanitaria especializada correspondientes a los siguientes grupos de especialidades:

    1. 6.649 plazas de las especialidades médicas relacionadas en los apartados 1 y 5 del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, en las que la formación se impartirá por el sistema de residencia, que se distribuirán por sectores de la siguiente forma:

      1. Sector público: 6.574 plazas de formación, pertenecientes a hospitales, unidades docentes de Medicina Familiar y Comunitaria, unidades docentes de Psiquiatría y Salud Mental, unidades docentes de Medicina Preventiva y Salud Pública y unidades docentes de Medicina del Trabajo, distribuidas por comunidades autónomas.

      2. Sector privado: 75 plazas de formación en hospitales y centros de titularidad privada, de las que 22 se adjudicarán por igual procedimiento que las del sector público y 53 que se podrán adjudicar a los seleccionados en estas pruebas selectivas que hayan obtenido un número de orden igual o menor al total de las plazas convocadas para esta titulación y grupo en el sector público, siempre que presenten, en el momento de solicitar su asignación, la conformidad expresa del centro.

    2. 148 plazas para especialidades médicas, en las que la formación se recibirá como alumno de las Escuelas Profesionales de Especialización Médica de la correspondiente Universidad, según se cita en el cuadro número 3 del anexo I.

  2. Farmacéuticos: 281 plazas de formación en las especializaciones farmacéuticas relacionadas, distribuidas de la siguiente forma:

    1. 237 plazas para las especializaciones farmacéuticas relacionadas para estos titulados en los apartados 2 y 5 del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, en las que la formación se impartirá por el sistema de residencia, distribuidas de la siguiente forma:

      1. Sector público: 233 plazas de formación, que corresponden a hospitales de titularidad pública, distribuidas por comunidades autónomas.

      2. Sector privado: 4 plazas de formación en hospitales y centros de titularidad privada que se podrán adjudicar a los seleccionados en estas pruebas selectivas que obtengan un número de orden igual o menor al número total de plazas convocadas por el sistema de residencia para esta titulación y grupo en el sector público, siempre que presenten, en el momento de solicitar su asignación, la conformidad expresa del centro.

    2. 44 plazas de farmacéuticos para la especialización farmacéutica de Farmacia Industrial y Galénica en las que, de conformidad con lo previsto en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, la formación se recibirá como alumno del correspondiente centro universitario, según se cita en el cuadro número 3 del anexo I.

  3. Químicos: 24 plazas de formación sanitaria especializada en las especialidades citadas en el cuadro número 2 del anexo I para esta titulación, cuya formación se impartirá, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el sistema de residencia distribuidas de la siguiente forma:

    1. Sector público: 23 plazas de formación, que corresponden a hospitales de titularidad pública, distribuidas por comunidades autónomas.

    2. Sector privado: Una plaza de formación en hospital de titularidad privada que se podrá adjudicar a los seleccionados en estas pruebas selectivas que obtengan un número de orden igual o menor al número total de plazas convocadas por el sistema de residencia para esta titulación y grupo en el sector público, siempre que presenten, en el momento de solicitar su asignación, la conformidad expresa del centro.

  4. Biólogos: 42 plazas de formación sanitaria especializada en las especialidades citadas en el cuadro número 2 del anexo I para esta titulación, cuya formación se impartirá, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el sistema de residencia, distribuidas de la siguiente forma:

    1. Sector público: 39 plazas de formación, pertenecientes a hospitales y centros sanitarios de titularidad pública.

    2. Sector privado: Tres plazas de formación en hospitales y centros de titularidad privada que se podrán adjudicar a los seleccionados en estas pruebas selectivas que obtengan un número de orden igual o menor al número total de plazas convocadas en el sector público para esta titulación, siempre que presenten, en el momento de solicitar su asignación, la conformidad expresa del centro.

  5. Bioquímicos: Estos titulados podrán acceder a las plazas asignadas en esta convocatoria a químicos o a biólogos, según la opción que formulen al cumplimentar la solicitud para participar en estas pruebas, por lo que cada aspirante de esta titulación sólo podrá acceder a las plazas de formación especializada asignadas en la oferta, a la titulación elegida.

  6. Psicólogos: 126 plazas de formación sanitaria especializada en Psicología Clínica pertenecientes a unidades docentes de Psiquiatría y Salud Mental en las que la formación se impartirá, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el sistema de residencia, distribuidas de la siguiente forma:

    1. Sector público: 121 plazas de formación que corresponden a unidades docentes de Psiquiatría y Salud Mental adscritas a hospitales de titularidad pública.

    2. Sector privado: Cinco plazas de formación en unidades docentes de Psiquiatría y Salud Mental de titularidad privada, de...

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