SAP Valladolid 165/2005, 23 de Mayo de 2005
Ponente | ANGEL SANTIAGO MARTINEZ GARCIA |
ECLI | ES:APVA:2005:633 |
Número de Recurso | 333/2005 |
Número de Resolución | 165/2005 |
Fecha de Resolución | 23 de Mayo de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valladolid, Sección 4ª |
D. ANGEL SANTIAGO MARTINEZ GARCIA
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
VALLADOLID
SENTENCIA: 00165/2005
AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID
Sección 4
Rollo: 333/2005
Órgano Procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 3 de VALLADOLID
Proc. Origen: JUICIO DE FALTAS nº 1/2005
SENTENCIA Nº 165/05
Ilmo. MAGISTRADO D. ANGEL SANTIAGO MARTÍNEZ GARCÍA
En VALLADOLID a veintitrés de mayo de dos mil cinco.
El Ilmo. Magistrado Don ANGEL SANTIAGO MARTÍNEZ GARCÍA, Magistrado de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valladolid, ha visto en grado de apelación, sin celebración de vista pública, el presente procedimiento penal del Juicio de Faltas expresado, seguido contra Eduardo , siendo partes en esta instancia, como apelante, Eduardo , y como apelado el Ministerio Fiscal.
La Juez de Instrucción nº 3 de Valladolid, con fecha 1.02.05 dictó sentencia en el Juicio de Faltas de que dimana este recurso, en la que se declararon como hechos probados los siguientes:
"UNICO.- Resulta probado que sobre las treces horas y quince minutos del día 12 de Noviembre de 2004, Ildefonso , vigilante de seguridad del establecimiento Carrefour, sito en la Avenida Puente Colgante de Valladolid, observó a través del circuito cerrado de televisión, como quién luego resultó ser Eduardo pasaba por línea de caja y pretendía pagar únicamente una maleta y no lo que contenía, concretamente cuatro juegos de Play Statión valorados en la cantidad de 58.90 euros. Que tales efectos fueron recuperados en buen estado para su venta."
La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así:
"Que debo condenar y condeno a Eduardo como autor material de una falta de hurto prevista y penada en el artículo 623,1 del Código penal, a la pena de UN MES de multa, a razón de 6 euros (seis euros) por cada día, a abonar en el plazo de un mes desde que una vez firme la sentencia sean requeridos para su pago con responsabilidad subsidiaria caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas.
Igualmente se acuerda que deberá abonar las costas y la entrega definitiva de los efectos sustraídos a Carrefour."
Notificada mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por Eduardo , que fue admitido en ambos efectos, y practicadas las diligencias oportunas, fueron elevadas las actuaciones a este Tribunal, donde se registraron, se formó el rollo de Sala y se turnaron de ponencia.
No habiéndose propuesto...
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