AAP Madrid 351/2003, 21 de Julio de 2003
ECLI | ES:APM:2003:8922 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 351/2003 |
Fecha de Resolución | 21 de Julio de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN SEGUNDA
ROLLO DE APELACIÓN: 249 /2003
Órgano Procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 45 de MADRID
Proc. Origen: JUICIO DE FALTAS nº 338 /2003
SENTENCIA Nº 351/2003
==========================================================
ILMA. SRA. MAGISTRADA:
DÑA. A. MARÍA RIERA OCÁRIZ
==========================================================
En MADRID , a veintiuno de julio de dos mil tres
Vista en grado de apelación por la Ilma. DÑA. A. MARÍA RIERA OCÁRIZ Magistrada de esta Audiencia Provincial, Sección Segunda, al que se acordó la formación del rollo número 249/2003 actuando como Tribunal unipersonal en turno de reparto, conforme a lo dispuesto en el artículo 82.2º, párrafo segundo de la L. O. del P.J., ha visto en esta segunda instancia, la presente apelación contra sentencia dictada por el JDO. INSTRUCCION N. 45 de MADRID en el JUICIO DE FALTAS nº 338 /2003 , conforme al procedimiento establecido en el artículo 976 y siguiente a la Ley de Enjuiciamiento Criminal según la nueva redacción dada por la ley 10/92 del 30 de abril. Habiendo sido partes: En concepto de apelantes Frida y el MINISTERIO FISCAL .
Habiéndose procedido a la incoación de Diligencias Previas, por un delito de FALTA DE ESTAFA (623), por el Ilmo. Magistrado Juez del JDO. INSTRUCCION N. 45 de MADRID se dictó sentencia con fecha 3-04-2003 estableciendo en el fallo o parte dispositiva el tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo absolver a Agustín de los hechos que han originado estas actuaciones, declarando de oficio las costas causadas."
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por Frida y el MINISTERIO FISCAL. y admitido tal recurso en ambos efectos, fueron elevados los autos a esta Audiencia, Recibidos, se formó el Rollo y se siguió este recurso por sus trámites.
Se aceptan los hechos probados de la sentencia apelada.
Contra la sentencia de instancia que absuelve a la persona denunciada de una falta de estafa del art.623-4 del CP presenta recurso de apelación Dª Frida , empleada de Metro de Madrid S.A. que fue quien denunció los hechos objeto de juicio. La primera cuestión que determina la desestimación del recurso es la falta de legitimación de la apelante para presentar el recurso. Los hechos denunciados se refieren a una supuesta...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba