SAP Madrid 104/2007, 18 de Abril de 2007

PonenteFERNANDO F. ORTEU CEBRIAN
ECLIES:APM:2007:5760
Número de Recurso59/2007
Número de Resolución104/2007
Fecha de Resolución18 de Abril de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 17ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 17ª

APELACION NUMERO/AÑO: 59/07

PROCEDIMIENTO : JUICIO DE FALTAS

NUMERO/AÑO : 782/06

JUZGADO DE INSTRUCCION

LOCALIDAD/NUMERO : MADRID Nº 31

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MAGISTRADO Ilustrísimo Señor

Don Fernando Ortéu Cebrián

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en la causa de

referencia, ha dictado,

EN NOMBRE DE S.M., EL REY,

la siguiente

S E N T E N C I A Nº 104/07

En la Villa de Madrid, a dieciocho de abril de dos mil seis.

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, constituida como órgano unipersonal, y actuando, en tal concepto, el Ilustrísimo Señor Magistrado don Fernando Ortéu Cebrián, ha visto el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Metro de Madrid S.A., contra la sentencia dictada, con fecha veintisiete de septiembre de dos mil seis, en juicio de faltas número 782/06, del Juzgado de Instrucción nº 31 de los de Madrid. Intervino como parte apelada, el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Con fecha veintisiete de septiembre de dos mil seis, se dictó sentencia en juicio de faltas número 782/06, del Juzgado de Instrucción nº 31 de los de Madrid.

En dicha resolución se fijaron los siguientes hechos, como probados:

El día 26 de abril de 2006 sobre las 20:00 horas en la estación de Metro de Campamento, resultó sorprendida María Rosario sirviéndose de un cupón falso de abono transporte

Su parte dispositiva contenía el siguiente fallo:

"Que debo absolver y absuelvo a María Rosario de la falta a que se contraen las presentes actuaciones, con declaración de las costas de oficio."

Segundo

Contra dicha sentencia, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación procesal de Metro de Madrid S.A..

Tercero

Dado traslado a las demás partes, formularon sus alegaciones. Remitido a este Tribunal, pasó al Magistrado a quien por turno correspondió. No se estimó precisa la celebración de vista, quedando el recurso pendiente para sentencia.

Se mantienen los fijados, como tales, en la sentencia recurrida, que se dan por reproducidos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone recurso de apelación contra una sentencia que decretó la absolución de la acusada, como autora de una falta de estafa prevista y penada en el art. 623.4 del Código Penal, por viajar haciendo uso de un abono de transporte normal de la Zona B-3 con número NUM000 y cupón número NUM001, siendo éste falso según se hacía constar en la denuncia origen de la presente causa.

SEGUNDO

En varias ocasiones ha declarado esta Sección que los hechos denunciados no constituyen falsedad típica desde el punto de vista penal, suscitándose ahora si lo referidos hechos son constitutivos de estafa prevista y penada en el art. 623.4 del Código Penal.

En relación con dicha cuestión, éste Juzgador comparte la fundamentación contenida en la sentencia impugnada y relativa a la atipicidad de la conducta, al no poder sostenerse que el engaño fuera el causante de un acto de disposición, en beneficio de la acusada y en perjuicio de otro, doctrina aplicada si no de manera unánime, sí claramente mayoritaria por las distintas Secciones de esta Audiencia, cabiendo citar en tal sentido -y a modo de mero ejemplo-, las SAP 210/1999, de 24 de junio (ARP...

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