STSJ Canarias , 28 de Enero de 2005

PonentePEDRO MANUEL HERNANDEZ CORDOBES
ECLIES:TSJICAN:2005:264
Número de Recurso219/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Enero de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

Rollo de apelación: 219/2004 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS Sala de lo Contencioso Administrativo Santa Cruz de Tenerife Sección 2ª

S E N T E N C I A Nº 33 Rollo de Apelación nº: 219/2004 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 2: 81/2004 Iltmos. Sres:

Presidente D. Pedro Hernández Cordobés Magistrados D. Helmuth Moya Meyer D. Juan Ignacio Moreno Luque Casariego

En Santa Cruz de Tenerife, a veintiocho de enero de dos mil cinco.- Visto, en nombre del Rey, ante esta Sala de lo contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife, el recurso apelación antes señalado, como parte apelante D. Bartolomé , representado por el procurador Sr. Rumeu de Lorenzo y dirigido por el letrado Sr. Silgo Toral, contra sentencia de 9 de junio de 2004 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo referido en el encabezamiento , en el recurso también señalado, seguido a instancia de la parta personada en este rollo como apelada, versando sobre EXTRANJERÍA, Resolución de 29 de enero de 2004, de la Subdelegación del Gobierno en Santa Cruz de Tenerife, que decretó la expulsión de D. Bartolomé , de nacionalidad rumana, con prohibición de entrada por un periodo de tres años; impugna el recurso la Administración demandada, y;

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, dictó sentencia el cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

Que debo DESESTIMAR y DESESTIMO el recurso interpuesto por ser ajustado a derecho el acto impugnado, sin expresa imposición de costas

.

SEGUNDO

Contra la citada resolución se dedujo por la parte anteriormente referida, en tiempo y forma, recurso de apelación sustentado en las alegaciones y fundamentos que resultan del escrito unido al rollo de su razón.

Admitido a trámite, se concedió traslado a las demás partes personadas para, en su caso, su impugnación o adhesión.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en esta Sala, se dispuso formar el correspondiente rollo de apelación, designar magistrado ponente y señalar día para votación y fallo, fecha en que tuvo lugar esta actuación procesal según lo previsto.

Siendo ponente el Iltmo. Magistrado don Pedro Hernández Cordobés.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Fue objeto del recurso la Resolución de 29 de enero de 2004, de la Subdelegación del Gobierno en Santa Cruz de Tenerife, que decretó la expulsión de D. Bartolomé , de nacionalidad rumana, con prohibición de entrada por un periodo de tres años.

Apreció la sentencia que a la fecha de iniciar el expediente administrativo (15/diciembre/2003), era constatable una situación de estancia ilegal del extranjero en territorio español.

Pretende el apelante la revocación de la sentencia y la estimación de la demanda y recurso, con la anulación de la resolución de la Subdelegación del Gobierno y el reconocimiento, como situación jurídica individualizada, de su derecho de residencia, con condena en costas a la Administración.

SEGUNDO

Cierto es que jurisprudencialmente se ha ido precisando el objeto del recurso contencioso-administrativo centrándolo en las pretensiones de las partes puestas en relación a una actuación administrativa previa, ampliando la consideración del...

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