Orden IET/2390/2013, de 10 de diciembre, por la que se extinguen los permisos de investigación de hidrocarburos denominados 'Calderín' y 'Horquilla'.

MarginalBOE-A-2013-13394
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Energía y Turismo
Rango de LeyOrden

Los permisos de investigación de hidrocarburos «Calderín» y «Horquilla», situados en la provincia de Cádiz, abarcando simultáneamente zonas terrestres y del subsuelo marino, con una superficie de 96.488 hectáreas cada uno, fueron otorgados mediante el Real Decreto 1495/2010, de 5 de noviembre, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 283, con fecha 23 de noviembre de 2010, a la compañía «Petroleum Oil & Gas España, S.A.», como único titular y operador.

En dicho real decreto de otorgamiento se establecieron los compromisos y el programa de investigación conjunto para los dos permisos de investigación mencionados, con posibilidad de renunciar totalmente a los permisos al finalizar cada uno de los años de su vigencia, de acuerdo con el artículo 5.2.

Con fecha 23 de noviembre de 2011, «Petroleum Oil & Gas España, S.A.», solicitó la renuncia parcial de los citados permisos de investigación, adjuntando la documentación requerida al efecto, en particular, la superficie renunciada y conservada para cada permiso, siendo esta última de 58.168,48 hectáreas para el permiso «Calderín» y de 49.346,72 hectáreas para el permiso «Horquilla».

Con fecha 16 de noviembre de 2012, «Petroleum Oil & Gas España, S.A.», presentó una solicitud de renuncia total a los permisos de investigación «Calderín» y «Horquilla», adjuntando también la documentación correspondiente. La superficie a renunciar en cada permiso de investigación sería la conservada después de la renuncia parcial de 23 de noviembre de 2011.

En este caso deberá procederse según lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y el artículo 73 del Reglamento aprobado por Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos, estando el operador obligado a justificar a plena satisfacción de la Administración, la realización de los trabajos e inversiones señalados en el artículo segundo del real decreto de otorgamiento.

Examinada la documentación presentada, y teniendo en cuenta lo establecido en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y el vigente Reglamento sobre investigación y explotación de hidrocarburos, se consideran cumplidas las condiciones establecidas en la normativa vigente para aceptar la renuncia total de los permisos de investigación «Calderín» y «Horquilla» presentada por su titular. En particular, cabe señalar el cumplimiento del citado artículo 73 del Reglamento, relativo...

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