STSJ Comunidad de Madrid 1187/2006, 13 de Junio de 2006
Ponente | MARCIAL VIÑOLY PALOP |
ECLI | ES:TSJM:2006:17536 |
Número de Recurso | 383/2006 |
Número de Resolución | 1187/2006 |
Fecha de Resolución | 13 de Junio de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2
MADRID
SENTENCIA: 01187/2006
Recurso de apelación 383/2006
SENTENCIA NÚMERO 1187
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCI0N SEGUNDA
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Ilustrísimos señores:
Presidente.
D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.
Magistrados:
Dñª. Elvira Adoración Rodríguez Martí.
D. Miguel Angel García Alonso.
Dña. Sandra González de Lara Mingo.
D. Francisco Javier Canabal Conejos.
D. Marcial Viñoly Palop
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En la Villa de Madrid, a trece de junio de dos mil seis.
Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso de apelación número 383/2006, interpuesto por D. Gregorio, representado por la Procuradora Dª Marta Dolores Martínez Tripiana, contra el Auto de fecha 5 de enero de 2006, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 23 de los de Madrid, en el recurso de Procedimiento Abreviado nº 423/05. Ha sido parte apelada Delegación del Gobierno, estando representado por el Abogado del Estado.
El día 5 de enero de 2006, por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 23 de los de esta ciudad, en el Procedimiento Abreviado nº 423/05, se dictó Auto cuya parte dispositiva dice:"Se declara terminado el presente procedimiento interpuesto por el Letrado D. Alfonso Carbonella Tortosa en nombre y representación de D. Gregorio contra la Delegación del Gobierno en Madrid por existir satisfacción extraprocesal".
Por escrito presentado el día 16 de febrero de 2006 de la parte actora interpuso recurso de apelación contra el citado auto formulando los motivos de impugnación frente a la resolución recurrida y terminó solicitando su admisión y estimación.
Por providencia de fecha 17 de febrero de 2006 se admitió a trámite el recurso y se acordó dar traslado del mismo a la parte demandada, presentándose por la representación de la parte demandada escrito el día 15 de marzo de 2006 por el que se opuso al mismo y solicitó su desestimación y la confirmación de la Resolución recurrida.
Por resolución de fecha 16 de marzo de 2006, se elevaron las actuaciones a este Tribunal, correspondiendo su conocimiento a esta Sección Segunda, siendo designado Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Marcial Viñoly Palop, señalándose el día 13 de junio de 2006 para la deliberación votación y fallo del recurso de apelación en que tuvo lugar.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones de los artículos 80.3 y 85 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa 29/1.998.
Por la representación de don Gregorio se interpone recurso de apelación contra el Auto de fecha 5 de enero de 2006, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 23, por el que se declara terminado el procedimiento por existir satisfacción extraprocesal.
Mantiene el recurrente que para que haya lugar a la finalización de procedimiento por satisfacción extraprocesal se tienen que reconocer todas las pretensiones realizadas por el demandante mientras que en el presente caso nada se alega sobre la petición de que la caducidad y archivo de expediente se anote en el Registro Central de Extranjeros y en la Base de Datos Adextra.
El Abogado del Estado interesa la desestimación del presente recurso.
El recurrente interpuso recurso...
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