STSJ Comunidad de Madrid 448/2006, 8 de Mayo de 2006

PonenteMARIA FATIMA ARANA AZPITARTE
ECLIES:TSJM:2006:4472
Número de Recurso1987/2003
Número de Resolución448/2006
Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

MARIA FATIMA ARANA AZPITARTEGUSTAVO RAMON LESCURE CEÑALRAFAEL MARIA ESTEVEZ PENDAS

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 00448/2006

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

Recurso número 1987/2003

Ponente: Doña Fátima Arana Azpitarte

Recurrente: D. Rodrigo

Procurador: Dª. Ángela Cristina Santos Erroz

Demandado: DELEGACION DEL GOBIERNO EN MADRID

Abogado del Estado

SENTENCIA nº 448

Ilmo. Sr. Presidente:

Don Gustavo Lescure Ceñal

Ilmos. Sres. Magistrados:

Doña Fátima Arana Azpitarte

Don Rafael Estévez Pendás

En la ciudad de Madrid, a 8 de mayo del año 2006

Visto por la Sala el Recurso arriba referido, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Dª. Ángela Cristina Santos Erroz, en nombre y representación de D. Rodrigo, contra la resolución de 30 de septiembre de 2.003, dictada por la Delegación del Gobierno de Madrid, por la que se decretó la expulsión del territorio nacional del recurrente, con la consiguiente prohibición de entrada en España por un periodo de tres años.

Es ponente de esta Sentencia la Ilma. Sra. Doña Fátima Arana Azpitarte , que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se interpuso este Recurso contencioso-administrativo formalizándose demanda por la recurrente en la que terminaba suplicando una Sentencia estimatoria del recurso con base a los hechos y fundamentos de derecho contenidos en la demanda .

SEGUNDO

El demandado contestó a la demanda exponiendo lo que estimó oportuno, solicitando la desestimación del recurso.

TERCERO

No habiéndose solicitado el trámite de conclusiones, quedaron los autos para deliberación, votación y fallo, que tuvo lugar el día 8 de mayo del año 2006.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso la impugnación que el demandante, natural de Ecuador, efectúa de la resolución de 30 de septiembre de 2.003, dictada por la Delegación del Gobierno de Madrid, por la que se decretó la expulsión del territorio nacional del recurrente, con la consiguiente prohibición de entrada en España por un periodo de tres años.

Como antecedentes necesarios de dicha resolución deben resaltarse los siguientes:

A.- Con fecha 13 de julio de 2.003, el aquí recurrente fue detenido por agentes de policía.

B.- Se procedió a incoar en la misma fecha expediente de expulsión contra el aquí recurrente, considerándose como causa la prevista como infracción grave en el artículo 53.a) de la L. O. 4/2.000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma llevada a cabo por la L.O. 8/2.000, de 22 de diciembre , acuerdo que se notificó al interesado.

C.- Con fecha 7 de agosto de 2003 se dictó propuesta de resolución que fue notificada al interesado y en fecha 30 de septiembre de 2.003 se dictó la resolución aquí impugnada, en la que se decretaba la expulsión del territorio nacional del recurrente al considerarle incurso en la expresada causa de expulsión; señalándose como hechos que dan lugar a la expulsión: "El interesado no dispone de documento alguno que acredite la situación de estancia ó residencia legal en España".

SEGUNDO

El recurrente solicita la nulidad de la...

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