STSJ Comunidad de Madrid 1542/2006, 13 de Noviembre de 2006

PonenteCARMEN ALVAREZ THEURER
ECLIES:TSJM:2006:18922
Número de Recurso2211/2003
Número de Resolución1542/2006
Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.7

MADRID

SENTENCIA: 01542/2006

RECURSO Nº 2211/2.003

PONENTE SRA. ÁLVAREZ THEURER

SENTENCIA N

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SÉPTIMA

Ilma. Sra. Presidenta:

Dña. María del Camino Vázquez Castellanos

Ilmos. Sres. Magistrados:

Dña. Mercedes Moradas Blanco

Dña. María Jesús Muriel Alonso

D. José Luis Aulet Barros

D. Santiago de Andrés Fuentes

Dña. Carmen Alvarez Theurer

En la Villa de Madrid a trece de noviembre del año dos mil seis.

VISTO el recurso contencioso administrativo número 2211/03 seguido ante la Sección VII de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Doña Irene Gutiérrez Carrillo, en nombre y representación de D. Jose Ángel, contra la Resolución del Excmo. Sr. Delegado del Gobierno en la Comunidad de Madrid, de fecha 7 de julio de 2.003, por la que se decreta su expulsión del territorio nacional, con la consiguiente prohibición de entrada en España por un período de tres años.

Habiendo sido parte demandada la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada y defendida por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso, se reclamó el expediente a la Administración y siguiendo los trámites legales, se emplazó a la parte recurrente para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito, obrante en autos, en el que hizo alegación de los hechos y fundamentos de Derecho que consideró de aplicación y terminó suplicando que se dictara Sentencia estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto.

SEGUNDO

El Abogado del Estado, en representación de la Administración demandada, contestó y se opuso a la demanda de conformidad con los hechos y fundamentos que invocó, terminando por suplicar que se dictara Sentencia que desestime el recurso y confirme en todos sus extremos la resolución recurrida.

TERCERO

Terminada la tramitación se señaló para votación y fallo del recurso la audiencia del día 7 de noviembre del año en curso, en que ha tenido lugar.

Ha sido Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Doña Carmen Alvarez Theurer, quien expresa el parecer de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo, interpuesto contra la Resolución del Excmo. Sr. Delegado del Gobierno en la Comunidad de Madrid, de fecha 7 de julio de 2.003, por la que se decreta su expulsión del territorio nacional, con la consiguiente prohibición de entrada en España por un período de tres años. Pretende el recurrente la anulación de la resolución referenciada toda vez que, afirma, la misma es contraria a derecho aduciendo, que la propuesta de expulsión no consta notificada al interesado, así como la caducidad del procedimiento, al haber transcurrido el plazo máximo de dos meses.

La Administración demandada, por su parte, interesó la desestimación del presente recurso en base a las consideraciones expuestas en su escrito de contestación que se une a las actuaciones.

SEGUNDO

En orden al primer motivo impugnatorio formulado por el actor, hemos de traer a colación la doctrina sentada por nuestro Alto Tribunal -SSTS de 30 de julio de 1997 (RJ 1997\6331), 7 de abril y 15 de septiembre de 1999 (RJ 1999\3067 y RJ 1999\6749 )-, y concretamente, en la última de estas sentencias, que se expresa en los siguientes términos: "En conclusión, cabe afirmar que el derecho a ser informado de la acusación, que con la categoría de fundamental se garantiza en el artículo 24.2 de la Constitución, se satisface normalmente en el procedimiento administrativo sancionador a través de la notificación de la propuesta de resolución, pues es en ésta donde se contiene un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad que se imputa, integrado, cuando menos, por la definición de la conducta infractora que se...

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