SAP Álava 98/2001, 16 de Mayo de 2001

PonenteRAMON RUIZ JIMENEZ
ECLIES:APVI:2001:340
Número de Recurso52/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución98/2001
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Álava, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALAVA

ARABAKO PROBINTZIA-AUZITEGIA

Sección 2ª

AVDA. GASTEIZ 18 2ª planta

Tfno.: 945-004821

Fax: 945-004820

N.I.G. 01.02.2-95/008651

R. MENOR CUANTIA 52/01

O.Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 3 (Vitoria)

Autos de J. MENOR CUANTIA 935/95

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Recurrente:RECURRENTES:

CIA DE SEGUROS LE MANS S.A.

Procuradora: SOLEDAD CARRANCEJA

Abogado: DOMINGO OCHOA DE ERIBE UGARRIZA

Ramón , Iván , Marí Juana y Francisco

Procurador: JESUS MARTIN ARRIETA VIERNA, Abogada: BELEN GARCIA SAENZ DE

CORTAZAR

SEGUROS CASER

Procurador: JOSE MARIA DE LASHERAS

Abogado:ANDRÉS GARRIDO

HNOS. Domingo

Isabel

Amanda

Ismael

Procuradora:MERCEDES BOTAS

Abogado: JUAN CARLOS LÁZARO

Abelardo .

Procuradora: MERCEDES BOTAS

Abogado: FCO. J. BERISA

Juan Ramón

Procuradora: CONCEPCIÓN MENDOZA

Abogada: SUSANA SUCUNZA

Laura

Procuradora: CONCEPCIÓN MENDOZA

Abogada: MARCELINA MONREAL

RECURRIDOS

CIA. SEGUROS VASCONGADA

Procuradora: ANA ROSA FRADE

Abogada: TERESA AZUA

CIA SEGUROS LAGUN ARO

Procuradora: ANA ROSA FRADE

Abogado: JOAQUIN URIBE

MUTUA GENERAL SEGUROS

Procuradora: ANA ROSA FRADE

Abogado: ALBERTO MURUA

EUROSEGUROS

Procuradora: ANA ROSA FRADE

Abogado: JAVIER BEAMONTE

SEGUROS LA ESTRELLA, CIA. DE SEGUROS ALLIANZ RAS, CIA SEGUROS AXA S.A.

Procurador: JOSÉ IGNACIO BELTRÁN ARTECHE

Abogado: ALVARO GONZALEZ HERRERO

VASCO NAVARRA S.A.

Procuradora: CATALINA BENGOECHEA

Abogado: MIGUEL A. ZULAICA

C.P. C/ DIRECCION000 NUM000

Procurador: JESÚS MARIA DE LAS HERAS

Abogado: ANDRÉS GARRIDO

REPSOL BUTANO

Procurador: MIGUEL A. ECHAVARRI

Abogado: CARLOS TAMBURRI

A.R.L.

APELACION CIVIL

La Audiencia Provincial de Vitoria-Gasteiz compuesta por los Ilmos. Sres. D. Ramón Ruiz Jimenez, Presidente en funciones, y Dª. Mercedes Guerrero Romeo, y Dª Silvia Víñez Argüeso,

Magistrados ha dictado el día dieciseis de Mayo de dos mil uno.

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA Nº 98/01

En el recurso de apelación civil Rollo de Sala nº 52/01 dimamante de Autos de Juicio de Menor Cuantía nº 935/95, procedente del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Vitoria,

promovido por CIA DE SEGUROS LE MANS, S.A., y D. Ramón , D. Iván , Dª Marí Juana , D. Francisco , y SEGUROS CASER, y HERMANOS Domingo Isabel Amanda Ismael , y D. Abelardo , y D. Juan Ramón , y Dª Laura dirigidos por los Letrados D. Domingo Ochoa de Eribe Ugarriza, Dª Belén García Sáenz de Cortazar, D. Andrés Garrido Alvarez, D. Juan Carlos Lázaro Palomino, D. Francisco Javier Berisa Villamayor, Dª Susana Sucunza Totoricagüena y Dª Marcelina Monreal, y representados por los Procuradores Dª Soledad Carranceja Díez, D. Jesús Arrieta Vierna, D. Jesús María de las Heras Miguel, Dª Mercedes Botas Armentia, y Dª Concepción Mendoza Abajo, respectivamente, frente a la sentencia de fecha 3.11.01, siendo partes apeladas CIA DE SEGUROS VASCONGADA, y CÍA DE SEGUROS LAGUN ARO, y MÚTUA GENERAL DE SEGUROS, y EUROSEGUROS, y SEGUROS LA ESTRELLA, CIA DE SEGUROS ALLIANZ RAS, CIA DE SEGUROS AXA, S.A., y VASCO NAVARRA, S.A., y COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ DIRECCION000 Nº NUM000 DE VITORIA, y REPSOL BUTANO , dirigidos por los Letrados Dª Teresa Azúa, D. Joaquín Uribe, D. Alberto Múrua Uriarte, D. Javier Beamonte, D. Alvaro González Herrero, D. Miguel Angel Zulaica, D. Andrés Garrido Alvarez y D. Carlos Tamburri y representados por los Procuradores Dª Ana Rosa Frade Fuentes, D. José Ignacio Beltrán Arteche, Dª Catalina Bengoechea Martorell, D. Jesús María De las Heras Miguel, y D. Miguel Angel Echávarri Martínez, respectivamente.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Ramón Ruiz Jimenez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la mencionada fecha se dictó por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Vitoria sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que, estimando parcialmente la demanda principal interpuesta por el procurador Sr. Arrieta en representación de D. Ramón y Dª Marí Juana , D. Iván y D. Francisco contra los herederos de D. Luis Alberto y Dª Alejandra y la Cía. de Seguros Caser, debo condenar a éstos a que abonen conjunta y solidariamente al Sr. Ramón la cantidad de 962.579 pts., y al resto de los demandantes la cantidad de 658.183 pts. Se tiene por desestida a Dª Trinidad .

Que, estimando la demanda acumulada interpuesta por el procurador Sr. Usatorre en representación de La Estrella Cía. de Seguros contra herederos legales de Luis Alberto y Alejandra , Cía. de Seguros Caser y Repsol Butano, debo condenar a los dos primeros a que abonen conjunta y solidariamente a la actora el 70% de la cantidad de 993.609 (695.526.-), y a Repsol Butano el 30% (298.083.-).

Que, estimando la demanda interpuesta por el procurador Sr. Usatorre en representación de la Cía. de Seguros U.A.P. Ibérica contra Herederos legales o Herencia Yacente de Luis Alberto y Alejandra , Cía. de Seguros Caser y Repsol Butano, debo condenar a los primeros a que abonen conjunta y solidariamente el 70% de la cantidad de 1.061.206 pts. (742.844.-), y a Repsol Butano S.A. que abone el 30% (318.362.-).

Que, estimando la demanda acumulada interpuesta por el procurador Sr. Usatorre en representación de la Cía. de seguros Lloyd Adriático contra Herederos legales o Herencia yacente de D. Luis Alberto y Dª Alejandra , Cía. de Seguros Caser y Repsol Butano S.A., debo condenar a los primeros a que abonen conjunta y solidariamente a la actora el 70% de la cantidad de 1.626.012 pts. (1.138.208.-), y a Repsol Butano el 30% (487.804.-).

Que, estimando parcialmente la demanda acumulada interpuesta por el procurador Sr. Usatorre en representación de Dª Laura contra Cía. de Seguros Caser y comunidad de herederos de D. Luis Alberto y Dª Alejandra , debo condenar a los demandados a que abonen a la actora conjunta y solidariamente la cantidad de 6.477.869 pts.

Que, estimando parcialmente la demanda interpuesta por el procurador Sr. Usatorre en representación de Seguros Le Mans contra la comunidad hereditaria de D. Luis Alberto y Dª Alejandra y Cía. de Seguros Caser, debo condenar a los demandados a que abonen a la actora el 70% de 962.333 pts. (673.633.-)

Que, estimando totalmente la demanda acumulada interpuesta por el procurador Sr. De las Heras en representación de la Comunidad de Propietarios de la DIRECCION000 nº NUM000 contra Dª Marí Juana , Iván , Francisco y D. Abelardo , condeno a los tres primeros a que abonen a la actora la cantidad de 327.274 pts. y al último a que abone la cantidad de 538.697 pts.

Que, desestimando la demanda reconvencional formulada por la procuradora Sra. Botas en representación del Sr. Abelardo contra la Comunidad de Propietarios, debo absolver a ésta de los pedimentos contra ella formulados.

Que, estimando parcialmente la demanda acumulada interpuesta por la procuradora Sra. Botas en representación de Ismael , Domingo , Amanda y Isabel contra Repsol Butano S.A., debo condenar a ésta a que abone a los actores la cantidad de 2.472.000 pts.

Que, estimando parcialmente la demanda acumulada interpuesta por la procuradora Sra. Bengoechea en representación de la Vasconavarra S.A. de Seguros y Reaseguros contra Cía. de Seguros Caser S.A., debo condenar a ésta a que abone a la actora la cantidad de 1.267.868 pts.

Que, estimando la demanda acumulada interpuesta por la procuradora Sra. Frade en representación de "Seguros Lagun Aro" contra Seguros Caser, Comunidad Hereditaria de Alejandra y Luis Alberto y Repsol Butano, debo condenar a los dos primeros a que abonen a la actora el 70% de 887.264 pts. (621.085.-), y a Repsol Butano que abone el 30% (266.179.-).

Que, estimando parcialmente la demanda acumulada interpuesta por la procuradora Sra. Frade en representación de Euroseguros S.A. contra Herederos de Luis Alberto y Cía. de Seguros Caser, debo condenar a éstos a que abonen conjunta y solidariamente al actor la cantidad de 298.653 pts.

Que, estimando parcialmente la demanda acumulada interpuesta por la procuradora Sra. Mendoza en representación de D. Juan Ramón contra herederos de D. Luis Alberto , y Cía. de Seguros Caser, debo condenar a éstos a que abonen al actor la cantidad de 751.697 pts.

Que, estimando parcialmente la demanda acumulada interpuesta por la procuradora Sra. Frade en representación de Mutua General de Seguros contra Herederos legales o herencia yacente de D. Luis

Alberto y Dª Alejandra y Caser S.A. Cía. de Seguros, debo condenar a éstos a que abonen a la actora conjunta y solidariamente la cantidad de 779.154 pts.

Que, estimando la demanda acumulada interpuesta por la procuradora Sra. Frade en representación de "Compañía Vascongada de Seguros y Reaseguros S.A." contra Dª Isabel , D. Ismael , D. Domingo y Dª Amanda , Cía. Caser y Repsol Butano, debo condenar a los primeros a que abonen a la actora el 70% de 134.560 pts. (94.192.-), y a Repsol Butano el 30% (40.368.-).

Las costas se imponen conforme lo dispuesto en el fundamento octavo".

SEGUNDO

Frente a la anterior resolución se interpusieron en tiempo y forma recursos de apelación por las representaciones de los apelantes, recursos que fueron admitidos en ambos efectos, elevándose los autos a esta Audiencia, previo cumplimiento de los trámites legalmente previstos.

TERCERO

Recibidos los autos en la Secretaría de esta Audiencia en fecha 19.02.01 y personadas las partes, se formó el Rollo de Sala, registrándose y turnándose la Ponencia y una vez transcurrido el plazo previsto en los art. nºs. 705 y 707 L.E.C. Por las Procuradoras Sras. Bengoechea, y Frade en representación de La Vasco Navarra, S.A. de Seguros y Reaseguros, y de Mútua General de Seguros, se presentaron escrito adhiriéndose al recurso, pasando los autos al Magistrado Ponente para instrucción por seis días.

CUARTO

Concluídos los trámites anteriores se señaló para la celebración de la Vista el día 2.5.01 a las 11,30 horas pasando mientras tanto los...

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