STSJ Galicia , 1 de Febrero de 2001

PonenteJOSE ANTONIO MENDEZ BARRERA
ECLIES:TSJGAL:2001:840
Número de Recurso4907/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 1 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 02/0004907/1997 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:

SENTENCIA Nº 192/2.001 Iltmos. Sres.

DON JOSÉ MARÍA ARROJO MARTINEZ. - PTE. DON CARLOS LÓPEZ KELLER DON JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA En la ciudad de A Coruña, a uno de febrero de dos mil uno. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02/0004907/1997 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por el AYUNTAMIENTO DE CERVO, representado y dirigido por el letrado D. MANUEL ANGEL JOVE LOSADA, contra Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Burela de 27 - 12 -96, por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos 3/96. Es parte como demandada el AYUNTAMIENTO DE BURELA (LUGO) representada por la procuradora Dña. MARIA LUISA PANDO CARACENA y dirigida porel letrado D. DANIEL LOPEZ ABUIN. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando que se dicte sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y Fallo el día veinticinco de enero de 2001.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso administrativo el Acuerdo de 27 -12 -96 del Pleno del Ayuntamiento de Burela por el que se aprobó definitivamente el expediente de modificación de créditos 3/96.

SEGUNDO

La pretensión de nulidad del acto que es objeto de recurso se funda en razones tanto formales como de fondo. Las primeras se concretan en el apartado a) del fundamento de derecho cuarto de la demanda. En él se denuncia el incumplimiento de lo dispuesto en el ...

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