STSJ Comunidad de Madrid 1668/2006, 28 de Septiembre de 2006
Ponente | JUAN MIGUEL MASSIGOGE BENEGIU |
ECLI | ES:TSJM:2006:11344 |
Número de Recurso | 100/2006 |
Número de Resolución | 1668/2006 |
Fecha de Resolución | 28 de Septiembre de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RAMON VERON OLARTE ANGELES HUET DE SANDE JUAN MIGUEL MASSIGOGE BENEGIU BERTA MARIA SANTILLAN PEDROSA JOSE LUIS QUESADA VAREA MARGARITA ENCARNACION PAZOS PITA JUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO
T.S.J. MADRID CON/AD SEC.9
MADRID
SENTENCIA: 01668/2006
SENTENCIA Nº 1668
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN NOVENA
Ilmos Sres.:
Presidente:
Don Ramón Veron Olarte:
Magistrados:
Dª. Angeles Huet Sande
Juan Miguel Massigoge Benegiu.
Dª. Berta Santillán Pedrosa.
José Luis Quesada Varea.
Dª. Margarita Pazos Pita
D. Juan Ignacio González Escribano
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En la Villa de Madrid a veintiocho de septiembre del año dos mil seis.
Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el presente recurso de apelación nº 100/2006, interpuesto por el Letrado Sr. Veiga Mora, manifestando actuar en nombre y representación de D. Ricardo, contra el auto dictado en el procedimiento abreviado nº 600/05 por el Juzgado de lo Contencioso administrativo nº 10 de Madrid, de fecha 25 de octubre de 2005, habiendo sido parte la Administración demandada, representada por la Abogacía del Estado.
Interpuesto el recurso de apelación, la Administración apelada presentó escrito de oposición al mismo.
Admitido el recurso por el Juzgado "a quo", con fecha 10 de febrero de 2006, tuvieron entrada las actuaciones en este Tribunal Superior de Justicia.
No habiéndose recibido la apelación a prueba, quedaron los autos conclusos y pendientes de votación y fallo.
En este estado se señala para votación el día 28 de septiembre de 2006, teniendo lugar así.
En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Juan Miguel Massigoge Benegiu.
El presente recurso de apelación se interpone por el Letrado Sr. Veiga Mora, manifestando actuar en nombre y representación de D. Ricardo, contra el auto dictado en el procedimiento abreviado nº 600/05, por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 10 de Madrid de fecha 25 de octubre de 2005, cuya parte dispositiva acuerda: "Se decreta el archivo y la consiguiente inadmisión del presente recurso procedimiento abreviado nº 600-2005 al no haberse subsanado en tiempo y forma el defecto detectado en la providencia de fecha 4 de septiembre de 2005, todo ello sin hacer pronunciamiento en cuanto a las costas de estas actuaciones".
El recurso interpuesto ante el Juzgado tenía por objeto la denegación por silencio administrativo de la solicitud de caducidad de expediente de expulsión incoado en fecha 9 de diciembre de 2004.
El auto objeto del presente recurso de apelación se dictó tras haberse requerido al letrado antes mencionado, en virtud de lo dispuesto en el art. 23.1 LJ y art. 24 LEC, para que acreditase, por apoderamiento "apud acta" o notarial, la representación que afirmaba ostentar.
La apelación se sustenta en la indefensión originada por el auto apelado al entender el Letrado apelante que su designación como Letrado de oficio es bastante para tener por acreditada su representación del recurrente, argumentando que, en otro caso, el Juzgado debió solicitar la designación de Procurador de Oficio al amparo de la Ley 1/1996, de Justicia Gratuita.
Esta Sala se ha pronunciado ya en reiteradas...
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